Política

¿Por qué Freddy Díaz fue suspendido 120 días por beber licor y no por la denuncia de violación sexual?

El último 7 de septiembre, el Pleno del Congreso respaldó el informe final de la Comisión de Ética que recomendaba suspenderlo sin goce de haber por alrededor de 4 meses.

Congresista, Fredy Diaz, acusado de violacion, acude a la fiscalia de la nacion, fotos: Carlos Félix, La República
Congresista, Fredy Diaz, acusado de violacion, acude a la fiscalia de la nacion, fotos: Carlos Félix, La República

El último 7 de septiembre, el Pleno del Congreso decidió suspender por 120 días sin goce de haber al parlamentario no agrupado Freddy Díaz Monago, quien es acusado de haber cometido presuntamente violación sexual contra una trabajadora de su despacho.

La Comisión de Ética empezó la investigación contra Díaz Monago tras conocerse el hecho, que se perpetró en una de las oficinas del Legislativo, ubicado en el jirón Azángaro, en el Centro de Lima. Días previos que la representación nacional emitiera su decisión sobre el caso, el grupo de trabajo aprobó el informe final contra el legislador y recomendó suspenderlo por casi cuatro meses.

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Un punto importante a abordar es el objeto de la investigación que inició la Comisión de Ética contra Freddy Díaz, ya que se dio por haber vulnerado los artículos 1 y 4 del Código de Ética Parlamentaria.

Código de Ética. Foto: documento

Código de Ética. Foto: documento

Específicamente, por los hechos suscitados “el día 26 y madrugada del 27 de julio, fecha en que el congresista denunciado habría ingerido bebidas alcohólicas (...) junto a su trabajadora; y en esas circunstancias habría mantenido relaciones sexuales con dicha trabajadora”.

Objeto de la investigación que inició la Comisión de Ética contra Freddy Díaz. Foto: documento

Objeto de la investigación que inició la Comisión de Ética contra Freddy Díaz. Foto: documento

Freddy Díaz: ¿por qué fue suspendido 120 días por beber licor y no por la denuncia de violación sexual?

El abogado constitucionalista Omar Cairo explicó que la Comisión de Ética no tiene la competencia de “sancionar delitos”, mas sí por una falta disciplinaria. En este contexto, el congresista Freddy Díaz es acusado de haber cometido un supuesto abuso sexual contra una trabajadora del Legislativo, lo cual implica un delito.

“La Comisión de Ética y el Pleno no son competentes para sancionar el delito, y la violación es un delito. Lo que sanciona son infracciones disciplinarias. En este caso, pudo haber sido por haber ingerido licor en el ámbito del trabajo. Si la conducta que se lo acusa fue delictiva o no, eso no lo puede decidir el Parlamento ni tomarlo como base o sustento de una sanción. Eso no implica que el Congreso le haya perdonado, sino que no tiene competencia”, explicó para La República.

En ese sentido, el letrado detalló que la única institución que puede castigar este tipo de delitos es el Poder Judicial. Asimismo, mencionó que el grupo de trabajo no puede sancionarlo por la denuncia de presunta violación sexual, ya que el parlamentario cuenta con la presunción de inocencia.

“Para el derecho peruano, por más que sea evidente para muchos que esto ha ocurrido, eso se va a determinar en el Poder Judicial”, sostuvo.

Una opinión similar es de la abogada penalista Liliana Calderón, quien indicó que en el reglamento de ética parlamentario “no existe una disposición de causal que suspenda el ejercicio de funciones congresales si es que ha sido denunciado”.

“Cualquier congresista podría ser denunciado por cualquier delito, y eso significa que tiene que pasar por todo un proceso para determinar su responsabilidad. Entonces, bajo eso no podría ser suspendido”, explicó para este medio.

La especialista recalcó que, si el grupo de trabajo lo hubiera sancionado por la presunta violación en su contra, se le estaría culpando sobre un delito antes de tiempo, por lo que Díaz Monago pudo haber alegado que se encuentra en medio de una investigación fiscal. Es aquí donde está presente la presunción de inocencia.

¿Es posible el desafuero contra Freddy Díaz

El constitucionalista Omar Cairo señaló que el desafuero contra Freddy Díaz es improcedente, ya que, actualmente, los congresistas no cuentan con la inmunidad parlamentaria.

“El desafuero consistía en que se levanta la inmunidad parlamentaria para que el Poder Judicial lo procese. Ahora, ya no existe, no hay desafuero que realizar. Simplemente, si un juez determina su detención, el congresista va preso sin necesidad de autorización del Parlamento”, explicó.

En ese sentido, recalcó que “a lo que le llaman desafuero ahora es a la denuncia constitucional con la cual pretenderían que se le haga un juicio político para destituirlo por la presunta violación”

Cairo indicó que los antejuicios y juicios políticos se realizan por infracciones constitucionales en el ejercicio de sus funciones parlamentarias; sin embargo, en este caso, el tema de la violación sexual es un tema que no se encuentra relacionado dentro de ese marco.

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