El Poder Judicial determinó que las grabaciones y correos electrónicos ya no sean considerados como pruebas. Caso podría ser usado como precedente para proceso por las agendas de Nadine Heredia o audios de Gerald Oropeza., 1. Audios sobre lotes petroleros Durante el segundo gobierno de Alan García, el 5 de octubre de 2008, una denuncia periodística dio a conocer unos audios en los que el exministro aprista Rómulo León sostenía una conversación con Alberto Quimper, exdirectivo de Perúpetro, y se ufanaba de haber conseguido lotes petroleros para Discover Petroleum. El caso fue denominado Petroaudios. Este caso tuvo repercusión en el gobierno de García Pérez, provocando la renuncia del entonces primer ministro Jorge del Castillo. Se abrió un proceso a Alberto Quimper, Rómulo León, Fortunato Canaán, Ernesto Arias y Daniel Saba. Diario La República 2. Delitos por los que son procesados Las personas implicadas en el caso fueron procesadas por el delito de tráfico de influencias, patrocinio ilegal y cohecho. Rómulo León y Alberto Quimper estuvieron presos durante tres años. Ambos están en libertad. El procurador pidió siete años de prisión y una reparación de 10 millones de dólares para León. Alberto Quimper fue excluido del caso, pues su delito prescribió al superar los 75 años edad. 3. Grabaciones y correos electrónicos son “pruebas ilícitas” La Tercera Sala Penal Liquidadora emitió una resolución en la que declaraba a las grabaciones como pruebas ilegales, al ser producto de un crimen, la interceptación ilegal de las comunicaciones. La sala presidida por Ricardo Brousset ratificó ayer que los audios no serán considerados como pruebas dentro del proceso, y también excluyó los correos electrónicos de Rómulo León. El juicio continuará el martes 29 de setiembre, fecha en la que la fiscalía determinará con qué prueba continuará el juicio. 4. Fiscal y procurador pidieron anular decisión El fiscal superior adjunto Hernán Mendoza y el procurador adjunto anticorrupción Erick Betallaluz retiraron el recurso de nulidad interpuesto en un inicio, y pidieron al tribunal anular la decisión, al considerar que la resolución generaba un impacto negativo en la sociedad. Los magistrados respondieron ratificándose en su decisión en forma inapelable. Indicaron que los audios sirven para iniciar una investigación, y para sustentar la prisión preventiva, pero no para emitir una sentencia.