Política

Colegio de Abogados de Lima alerta que decisión del TC atenta la autonomía del Poder Judicial

El CAL indicó que la medida afecta gravemente el funcionamiento de la JNJ, en especial, los procesos disciplinarios de jueces y fiscales.

La Junta Nacional de Justicia no puede desobedecer la orden del Poder Judicial acerca de reincorporar a Inés Tello y a Aldo Vásquez en la JNJ, así lo informaron los letrados Cairo y Campos. Foto: composición LR/Andina
La Junta Nacional de Justicia no puede desobedecer la orden del Poder Judicial acerca de reincorporar a Inés Tello y a Aldo Vásquez en la JNJ, así lo informaron los letrados Cairo y Campos. Foto: composición LR/Andina

El Colegio de Abogados de Lima se pronunció respecto a la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de suspender la medida cautelar del Poder Judicial, que reponía a Aldo Vásquez e Inés Tello a la Junta Nacional de Justicia (JNJ). El CAL alertó que esta medida "vulnera gravemente la autonomía e independencia del Poder Judicial y el principio de separación de poderes".

"La decisión adoptada vulnera la autonomía e independencia del Poder Judicial al interferir en un proceso judicial en trámite y suspender los efectos de una medida cautelar. La resolución del TC no explica las razones por las que desconoce el artículo 139 inciso 2 de la Constitución y desnaturaliza la esencia de una medida cautelar que debe ejecutarse de inmediato. Ello vulnera el principio de separación de poderes, a favor del Congreso y en desmedro del Poder Judicial", se lee en el comunicado.

Asimismo, indicó que "modifica la composición de la JNJ, pues ya no contará con siete miembros. Los suplentes, con anterioridad, ya manifestaron que no asumirán el cargo. Ello afecta gravemente el funcionamiento de la JNJ, en especial, en los procesos disciplinarios de jueces y fiscales, cuyo quórum es de cinco, dado que el integrante que investiga no puede participar en la decisión de sanción".

CAL explica que TC habría interferido en las funciones del PJ

Al respecto, el CAL explicó: "El artículo 139 inciso 2 de la Constitución garantiza 'la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional' y agrega que 'ninguna autoridad', incluyendo al TC, 'puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones'.

"El TC desconoce este dispositivo constitucional al suspender los efectos de la resolución judicial dictada por la Corte Superior de Justicia de Lima, que concedió una medida cautelar a dos integrantes de la JNJ y suspendió la inhabilitación de 10 años, impuesta por el Congreso. Las medidas cautelares, conforme con el derecho adjetivo, se ejecutan de inmediato. Por ello, los dos integrantes de la JNJ fueron repuestos en sus cargos", anotó.

JNJ se pronuncia sobre decisión del Tribunal Constitucional

La Junta Nacional de Justicia se ha mostrado sorprendida tras la reciente decisión del Tribunal Constitucional respecto de la demanda competencial de la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides, en contra de dicha entidad, y la inhabilitación de Aldo Vásquez e Inés Tello.

"Se sabía que había un proyecto de resolución que tal vez podía detenerse con todo lo que se ha sabido sobre el presidente del TC, Francisco Morales. En la práctica, solo no votaría Aldo Vásquez el informe de Tello porque con María Zavala, Thornberry, Falconí, De la Haza y Tumialán hay quórum", indicaron a fuentes de La República.

"Declarar, por mayoría de cuatro votos contra dos, improcedente el pedido presentado por el procurador público (e) del Congreso de la República, en el extremo que solicita que se disponga la inmediata nulidad de la Resolución 1, de fecha 22 de marzo de 2024, emitida por la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el incidente cautelar del proceso de amparo signado con el Expediente 01034-2024-69-1801-SP-DC-01, que dispuso suspender las resoluciones legislativas que inhabilitaron por 10 años a doña Luz Inés Tello de Ñecco y a don Aldo Alejandro Vásquez Ríos", se lee en el documento emitido por el TC.