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Política

Proponen que personas sin carrera en el servicio diplomático no sean nombradas como embajadores

Bancada Podemos Perú presentó un proyecto de ley a raíz del nombramiento de Vicente Zeballos como representante del Perú ante la OEA.

Vicente Zeballos
Vicente Zeballos

Casi un mes después de la designación de Vicente Zeballos como embajador del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), la bancada Podemos Perú presentó una iniciativa para impedir que personas sin carrera en el servicio diplomático puedan ser nombradas en dicho cargo.

Mediante el proyecto de ley (PL 6259), la congresista María Teresa Cabrera plantea modificar el inciso 12 del artículo 188 de la Constitución Política del Perú, respecto a las atribuciones y obligaciones del presidente.

La propuesta agrega “no se podrá nombrar como embajador a quien no cumpla con el perfil y requisitos establecidos en la Ley de la carrera diplomática".

En el documento, la legisladora explica que una de las motivaciones del PL es el reciente reemplazo como representante del Perú ante la OEA de José Boza Orozco por el ex primer ministro. “Ello hace necesario proponer el proyecto de ley y, a su vez, revisar los antecedentes de esa forma de elección”, señala la parlamentaria Cabrera.

Asimismo, menciona otros casos que considera similares, como el nombramiento de Juan Jiménez Mayor como embajador ante la OEA, que se dio durante el gobierno de Ollanta Humala; y el de Francisco Petrozzi, ex titular de Cultura, como agregado cultural de la embajada de Perú en Alemania.

“Estas formas de elección no permiten observar un respeto por la Ley del servicio diplomático, por lo que las potestades otorgadas en una ley no deben ser entendidas de manera ilimitada”, se menciona en la iniciativa legal.

Congreso de la República

Congreso de la República

Ley del servicio diplomático

La ley 28901 indica que el servicio diplomático es una carrera pública integrada por profesionales especialmente formados en la disciplina de las relaciones internacionales. Asimismo, solo ingresan a dichos cargos los egresados de la Academia Diplomática del Perú.

“Si es que el presidente tiene la atribución de nombrar a embajadores, con cargo de dar cuenta al Congreso, no debe entenderse como una suerte de permiso en su elección; sino, más bien, como una forma de comunicar y transparentar las credenciales de la persona que va a nombrar como embajadora”, resalta el PL.

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