Congreso eliminó inmunidad parlamentaria, la del presidente y otros altos funcionarios
El Pleno del Parlamento determinó suprimir su protección, así como de los magistrados del Tribunal Constitucional y el defensor del Pueblo. La decisión aún debe ser aprobada en la siguiente legislatura. Especialistas consideran que la norma no procedería.
El Pleno del Congreso aprobó, el último domingo 5 de julio, la eliminación de la inmunidad parlamentaria, así como la del presidente de la República, los ministros, magistrados del Tribunal Constitucional y el defensor del Pueblo.
En el último día de plazo, con 110 votos a favor, 13 en contra y 0 abstenciones, se establece la reforma constitucional que busca ser confirmada por segunda vez en la nueva legislatura, que inició el 6 de julio, para que pueda ejecutarse en las elecciones generales 2021.
Cabe señalar que la autógrafa de ley no tendrá que ser respaldada por la población vía referéndum, camino que tenía que llevarse al no alcanzar los 87 votos, de acuerdo al artículo 206 de la Carta Magna. Esta decisión es la rectificación a la primera elección que ejecutaron el último sábado.
Esta iniciativa modifica cinco artículos de la Constitución Política del Perú. En el 93, se elimina la inmunidad parlamentaria y la ampliación de la inviolabilidad de su procesamiento en ejercicio de sus funciones también de “control político u otras inherentes a la labor parlamentaria”.
Señalan que la Corte Suprema será la encargada de investigar a los legisladores denunciados por delitos comunes durante su mandato parlamentario.
Dejan sin inmunidad al presidente y ministros
En el artículo 99 se incluye a los miembros de la Junta Nacional de Justicia a seguir el proceso del antejuicio político. Además, se establece que los ministros no cuenten con antejuicio político ni ningún tipo de inmunidad durante el ejercicio de su cargo.
Quitan inmunidad ministros
En el artículo 117, se determina que el presidente puede ser acusado por delitos contra la administración pública cometidos durante su mandato o con anterioridad.
Defensor y miembros del TC sin protección
En el artículo 161, se elimina la parte en que se establecía que el defensor del Pueblo gozaba de inmunidad y de las mismas prerrogativas de los congresistas.
En el punto 201, también se suprime la parte que señala que a los miembros del Tribunal Constitucional tenían la misma inmunidad y prerrogativas de los congresistas. Ahora solo se señala que alcanzan sus mismas incompatibilidades.
Ejecutivo observaría iniciativa votada por el Congreso
El ministro de Justicia, Fernando Castañeda, aseveró que el Ejecutivo podría observar “sin duda alguna” cualquier norma que desde el Parlamento pretenda eliminar la inmunidad de funcionarios del Estado, incluyendo al presidente de la República, Martín Vizcarra.
El titular del Minjus precisó que una propuesta como la que se debatió en el Legislativo para quitar la inmunidad al mandatario y sus ministros “viola los criterios y principios elementales que el Tribunal Constitucional ha establecido”.
Ministro de Justicia, Fernando Castañeda. (Foto: Minjus)
Ricardo Burga: “No es venganza, es poner la cancha al mismo nivel”
La iniciativa que plantea modificar los artículos 93, 117 y la derogación del 99 de la Constitución Política del Perú, fue planteada por el congresista Ricardo Burga, de la bancada de Acción Popular, y recibió el respaldo de distintos colegas.
“Le tomamos la palabra al presidente Vizcarra, no nos corremos, le tomamos el guante. Así como nos pide el levantamiento de la inmunidad, vamos a presentar una modificación para que todos los altos funcionarios estemos en las igual de condiciones que cualquier ciudadano de a pie. Es poner la cancha en el mismo nivel para todos, no es venganza”, afirmó el integrante del ‘partido de la lampa’ en Canal N.
Ricardo Burga dice que solo prometió la eliminación de una parte de la inmunidad parlamentaria. Foto: La República.
Especialistas señalan que norma no prevalecería
La presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, anunció que evaluará acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra esta norma, por afectar a la autonomía de los magistrados de la entidad que lidera, al tener que responder por sus votos y opiniones.
“Una de las fortalezas de un modelo democrático consiste en la deliberación de los congresistas, que son los que representan a los ciudadanos. Lo contrario a la deliberación es una farsa de democracia representativa. (...) Diría que (lo ocurrido en el Congreso) es una farsa, porque hubo un déficit de deliberación”, declaró en entrevista con este diario.
El constitucionalista Luciano López explicó que la sentencia 006-2018-PI del Tribunal Constitucional sostiene que los proyectos de reforma constitucional no pueden ser exonerados de trámite de comisión y pasarse a debate en el Pleno. Por esta razón considera que no debe ser viable.
El expertos Óscar Urviola, también expresidente del Tribunal Constitucional, sostiene que la iniciativa es una “camuflada de una inmunidad velada”. En esta misma línea, el especialista Omar Cairo explicó que el debate del Pleno no debió girar sobre el texto sustitutorio, sino sobre el dictamen sometido a reconsideración.
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