Política

Los cambios a la Constitución que el Congreso respaldó en su último día de plazo

El Pleno del Parlamento aprobó iniciativas de la reforma política para que tengan efecto en las elecciones 2021. Estas deberán ser confirmadas en segunda votación. Especialistas consideran que son un grave error y una distorsión de la propuesta impulsada por Martín Vizcarra.

Congreso
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¿Reforma política? Faltando tres minutos para que culmine el plazo, el Congreso de la República aprobó tres autógrafas de ley que modifican la Constitución Política del Perú y que deberán ser confirmadas en un nuevo periodo, y ya no ser ser respaldadas vía refréndum.

Las propuestas se basan en la reforma política que impulsó el presidente Martín Vizcarra, desde julio de 2018, pero que, según especialistas, distorsionan el objetivo inicial y algunas incluso podrían ser anuladas. Cabe señalar que Manuel Merino de Lama, titular del Parlamento, convocó a Pleno luego que el jefe de Estado anunciara que una de ellas iba a ir vía referéndum en abril de 2021 junto a las elecciones generales.

Eliminan inmunidad parlamentaria, presidencial y de altos funcionarios

La inmunidad parlamentaria fue uno de los temas que causó la confrontación del Poder Ejecutivo también con el anterior Congreso, entidad que finalmente fue disuelta. El nuevo Legislativo decidió poner nuevamente el tema en discusión y en Comisión de Constitución aprobaron un dictamen que determinaba su eliminación, pero ampliaban su inviolabilidad en el ejercicio de sus funciones.

Este último punto se refiere a que si algún parlamentario comete un delito mientras cumple su función congresal, no puede ser juzgado. Además, también plantearon que en caso de denuncias en su contra por delitos comunes, pueden ser vinculado al ejercicio de sus funciones, sel proceso legal sea de exclusiva competencia de la Corte Suprema. Este texto, para el procurador anticorrupción Amado Enco el dictamen fortalecía la impunidad para los congresistas.

“Significa darle mayor protección a quienes, con el pretexto de sus funciones parlamentarias, pueden incurrir en delitos como tráfico de influencias o patrocinio ilegal de intereses de particulares”, enfatizó Enco en conversación con La República.

No obstante, esta propuesta puesta en debate el viernes 3 de julio, fue aprobada solo con 82 votos en el Pleno, lo que obligaba que sea respaldado por la población en un referéndum, de acuerdo a lo establecido por el artículo 2016 de la Carta Magna.

Luego que el presidente Martín Vizcarra anunció que esta propuesta sería puesta en votación de la población, los congresistas en el último pleno convocado pidió la reconsideración del voto. Cuando se pretendía que votar nuevamente, se presentó un nuevo texto sustitutorio en el que agregaban la eliminación de la inmunidad del mandatario y altos funcionarios. Esta última finalmente fue aprobada con 110 votos, sin necesitar la consulta popular.

Martín Vizcarra anunció un referéndum para eliminar la impunidad parlamentaria. Foto: Andina

Martín Vizcarra anunció un referéndum para eliminar la impunidad parlamentaria. Foto: Andina

Con esta autógrafa de ley se buscan modificar cinco artículos de la Constitución:

  • En el artículo 93 se elimina la inmunidad parlamentaria y se establece la ampliación de la inviolabilidad de su procesamiento en ejercicio de sus funciones también de “control político u otras inherentes a la labor parlamentaria”. Agregan un párrafo que determina a la Corte Suprema será la encargada de investigar a los legisladores denunciados por delitos comunes durante su mandato parlamentario.
  • En el 99 se incluye a los miembros de la Junta Nacional de Justicia a seguir el proceso del antejuicio político. Además, se establece que los ministros no cuenten con antejuicio político ni ningún tipo de inmunidad durante el ejercicio de su cargo.
  • En el artículo 117, se determina que el presidente de la República también podrá ser acusado por delitos contra la administración pública cometidos durante su mandato o con anterioridad, a parte de lo que ya se establece en la Carta Magna.
  • En el 161, se elimina la parte en que se establecía que el defensor del Pueblo gozaba de inmunidad y de las mismas prerrogativas de los congresistas. De esta manera el funcionario se queda sin protección.
  • En el artículo 201, también se suprime la parte que señala que a los miembros del Tribunal Constitucional tenían la misma inmunidad y prerrogativas de los congresistas. Ahora solo se señala que alcanzan sus mismas incompatibilidades.

Al respecto, la presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, evaluará acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por afectar a la autonomía de los magistrados de la entidad que lidera, al tener que responder por sus votos y opiniones.

“Una de las fortalezas de un modelo democrático consiste en la deliberación de los congresistas, que son los que representan a los ciudadanos. Lo contrario a la deliberación es una farsa de democracia representativa. (...) Diría que (lo ocurrido en el Congreso) es una farsa, porque hubo un déficit de deliberación”, declaró en entrevista con este diario.

Al respecto, el constitucionalista Luciano López explicó que la sentencia 006-2018-PI del Tribunal Constitucional sostiene que los proyectos de reforma constitucional no pueden ser exonerados de trámite de comisión y pasarse a debate en el Pleno. Por esta razón considera que no debe ser viable.

En esta misma línea, el especialista Omar Cairo explicó que el debate del Pleno no debió girar sobre el texto sustitutorio, sino sobre el dictamen sometido a reconsideración.

Tribunal Constitucional

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Impedimentos para postular

La Mesa Directiva del Congreso aprobó como segundo punto a debatir y votar el dictamen sobre impedimentos para postular. Este tema no había sido considerado en el anterior pleno, pese a los pedidos de algunas bancadas.

El dictamen puesto a debate proponía que los sentenciados con penas privativas de la libertad mayor a 4 años no puedan postular a cargos de elección popular ni ocupar cargos de confianza en el sector público.

Este texto fue cuestionado por los mismos congresistas debido a que se dejaba carta abierta para que condenados por delitos de corrupción puedan participar de las contiendas electorales, debido a que algunas penas son menores al plazo planteado.

Tras la presión durante el pleno, el parlamentario Omar Chehade decidió modificar la propuesta y eliminó que el plazo del tiempo de condena, dejando solo que todo condenado en primera instancia, sea autor o coautor, no pueda participar de las contiendas electorales ni ocupar cargos de confianza.

Con esta autógrafa de ley se buscan modificar dos artículos de la Constitución:

  • Artículo 34-A.- Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
  • Artículo 39-A: Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
Posturas. El presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, no tomó en cuenta la propuesta del JNE sobre el voto electrónico no presencial para las elecciones primarias. Foto: John Reyes

Posturas. El presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, no tomó en cuenta la propuesta del JNE sobre el voto electrónico no presencial para las elecciones primarias. Foto: John Reyes

Un mínimo del 6 % del PBI para la educación

El último tema a debatir por el Pleno del Congreso fue la propuesta del vicepresidente de esta entidad, Luis Valdez Farias, al que considera como una “reforma a la educación”: destinar no menos del 6 % del Producto Bruto Interno (PBI) al sector educación.

El tema también buscaba rectificar una votación que en la anterior sesión se devolvió a comisión. En esta misma línea, el legislador Ricardo Burga de Acción Popular pidió que no se tome en cuenta su pedido de que la iniciativa regrese a ser evaluada. Tras el respaldo del Pleno se volvió a debatir. En menos de 45 minutos, los parlamentarios la aprobaron con 115 votos a favor, 4 en contra y 5 abstenciones.

Con esta autógrafa de ley se buscan modificar el artículo de la Constitución:

  • Artículo 16. Se agrega “La educación es un derecho humano fundamental que se garantiza el desarrollo de la persona y la sociedad, por lo que el Estado invierte anualmente no menos del 6 % del PBI”

Horas antes que se inicie el debate sobre, ahora, la autógrafa de ley, la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, cuestionó la propuesta, a través de su cuenta de Twitter, asegurando que es un “obstáculo en la reforma educativa que el Perú necesita”. Hizo un llamado hago un llamado para que “prevalezca la responsabilidad y podamos seguir avanzando”.

Por su parte, el ministro de Educación, Martín Benavides, sostuvo que establecer un mínimo del 6 % de manera anticipada “puede ser un peligro”. Indicó que actualmente el presupuesto en su sector en relación al PBI es del 3.9 % y asegura que poco a poco se llegará a la meta del 6 %.

“Porque esa meta, no depende la voluntad del sector educación, sino también de la forma de cómo se van a constituir las necesidades de otros sectores”, mencionó el ministro en declaraciones con RPP.

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