Elecciones 2020: Excluyen a Carolina Lizárraga por omisión en su hoja de vida
Jurado Electoral Especial de Lima determinó que la candidata del Partido Morado no declaró correctamente la donación de un vehículo que estaba a su nombre.
La candidata del Partido Morado Carolina Lizárraga fue excluida del proceso electoral programado para enero de 2020 debido a una omisión en su hoja de vida respecto a los bienes inscritos a su nombre.
La decisión adoptada por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro se justificó en la tardía presentación de un documento legalizado por un notario sobre la donación de un vehículo ligado a Lizárraga.
Según la resolución N° 01047-2019-JEE-LIC1/JNE, se lee que Carolina Lizárraga, número 2 en la lista de Lima del Partido Morado, declaró tener tres vehículos; “sin embargo, [el JEE] advierte de la existencia de otros dos vehículos con placa B2K424 y RQF361, con partidas registrales N.° 52096917 y 51094358, respectivamente que no habría declarado la candidata”.
“En razón a ello habría una omisión información de su DJHV”, resolvió el Jurado Electoral Especial, que dio un plazo de 1 día al personero legal del Partido Morado para presentar sus descargos.
En ese sentido, el representante de la organización política que lidera Julio Guzmán informó al Jurado Electoral Especial que “dichos vehículos salieron de la esfera patrimonial de la referida candidata, toda vez que, respecto del vehículo de placa B2K424, tiene la condición de robado, conforme se encuentra inscrito desde el 4 de junio de 2013”.
“Respecto al vehículo con placa de rodaje RQF361 fue transferido, en calidad de donación a favor de José Miguel Ramírez Gastón Roe, el 28 de abril de 2015”, señaló el personero legal del Partido Morado.
El ente electoral, tras corroborar la información sobre el primer vehículo, comprobó que este, efectivamente, figuraba como robado, por lo que la observación fue levantada.
En el caso del vehículo de placa RQF361, que Lizárraga aseguró haber donado en el 2015, el JEE halló que el dato era impreciso, ya que “si bien existe la donación sobre el vehículo” y que esta se hizo “con las formalidades que exige la ley”, la donación se dio “con fecha posterior a la fecha límite para presentar la solicitud de inscripción de listas de candidatos” para las elecciones 2020.
“Se verifica el testimonio sobre “Confirmación de la Donación de Bien Mueble”, del vehículo de placa RQF361, a favor de José Miguel Ramírez Gastón Roe; sin embargo, se aprecia que dicho testimonio emitido por Notario Público es de fecha 2 de diciembre de 2019, esto quiere decir, que dicha donación recién surtió efectos legales a partir de dicha fecha y no como se sostiene el 28 de abril de 2015”, señala la resolución del JEE de Lima.
Decisión puede apelarse al JNE
Sin embargo, esta decisión del JEE Lima Centro puede ser apelada y observada ante el pleno del Jurado Nacional Electoral, última instancia en el aspecto electoral. Cabe precisar que el 27 de diciembre es la fecha máxima para que se pueda separar, excluir o presentar las renuncias de los candidatos que participen en las elecciones al Congreso del 2020.