Remueven a policías que participaron en allanamiento a casa de Boluarte
Mundo

¿Qué requisitos pide Ecuador para darte la nacionalidad?

A propósito del caso de Byron Castillo, quien juega por la selección de la Tri, te traemos toda la información sobre el proceso para obtener la nacionalidad ecuatoriana.

El futbolista Byron Castillo sigue en medio de la controversia por el nuevo audio que filtraron en Inglaterra. Foto: composición LR/Gerson Cardoso
El futbolista Byron Castillo sigue en medio de la controversia por el nuevo audio que filtraron en Inglaterra. Foto: composición LR/Gerson Cardoso

Desde febrero de 2017, el Gobierno de Ecuador establece diversos tipos de procesos de naturalización para conseguir la nacionalidad sin que el ciudadano extranjero renuncie a su origen.

Las modalidades para convertirse en ciudadano ecuatoriano son las siguientes: naturalización por matrimonio o unión de hecho, naturalización por adopción, naturalización de niños, niñas o adolescentes nacidos en el extranjero, de madre o padre ecuatorianos por naturalización.

Además, también existe el proceso de personas extranjeras por haber prestado servicios relevantes a Ecuador.

Byron Castillo sigue en medio de la polémica por el nuevo audio que filtraron en Inglaterra. Foto: composición GLR/Gerson Cardoso

Byron Castillo sigue en medio de la polémica por el nuevo audio que filtraron en Inglaterra. Foto: composición GLR/Gerson Cardoso

Naturalización por matrimonio o unión de hecho: ¿cuáles son los requisitos?

  • Acreditar residencia en cualquiera de las categorías migratorias señaladas en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, excepto en las categorías de visitante temporal y solicitantes de protección internacional.
  • Disponer de documento idóneo debidamente apostillado o legalizado y emitido por autoridad competente del país de origen en el que conste el lugar de nacimiento y los datos de filiación del solicitante.
  • Presentar el acta de matrimonio o de la unión de hecho debidamente inscritos en el Registro Civil.
  • Exponer en una entrevista los motivos por los que desea adquirir la nacionalidad ecuatoriana.
  • Encontrarse al día en sus obligaciones con el Estado ecuatoriano.
  • Formulario de solicitud de nacionalidad ecuatoriana por matrimonio o unión de hecho con persona ecuatoriana que se llenará en la respectiva Dirección Zonal del lugar de domicilio del solicitante.
  • Formulario de solicitud de nacionalidad ecuatoriana por matrimonio o unión de hecho. Este se llenará en la respectiva Dirección Zonal del lugar de domicilio del solicitante extranjero.
  • Pago establecido en el Arancel Consular y Diplomático.

“El ciudadano extranjero, para recibir la aprobación, deberá obtener un porcentaje del 90% (equivalente a 27 puntos), conforme se establece en el artículo 67 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana. En caso de no alcanzar este puntaje, podrá rendir el examen por dos ocasiones adicionales, mediando 30 días entre una y otra”, se precisa en la plataforma de la Cancillería.

Si al tercer intento no aprueba la evaluación, el ciudadano deberá esperar un año para volver a presentar la solicitud de naturalización, según recogió el portal El Universo.

Para más información, puedes consultar en el portal único de trámites ciudadanos de Ecuador.

Naturalización por adopción

Esta modalidad otorga la nacionalidad ecuatoriana a las niñas, niños y adolescentes extranjeros que hayan sido adoptados por una persona ecuatoriana. Antes de solicitar la naturalización, se deberá homologar en el Ecuador la sentencia emitida en el exterior, según el sitio web del Gobierno ecuatoriano.

¿Cuáles son los requerimientos?

  • Formulario de solicitud de nacionalidad ecuatoriana que se llenará en la respectiva Coordinación Zonal del lugar de domicilio del o los solicitantes.
  • Documentos apostillados o legalizados, debidamente traducidos de ser el caso, que demuestren la adopción.
  • Homologación en el Ecuador de la sentencia y/o resolución de adopción emitida por autoridad extranjera.
  • Original del pasaporte vigente del menor de edad o adolescente junto con la respectiva emisión de visa.
  • Movimiento migratorio del menor de edad y de sus padres.
  • Cédula de identidad del o los padres ecuatorianos o extranjeros solicitantes de la naturalización.
  • Documento que demuestre el estado civil del o los padres ecuatorianos o extranjeros que solicitan la naturalización del menor de edad o adolescente.

Naturalización de niños, niñas o adolescentes nacidos en el exterior

Se trata del servicio orientado a registrar los nacimientos de niños, niñas y adolescentes nacidos en el exterior, hijos de padre o madre ecuatoriana por naturalización, el cual se puede efectuar en las agencias de Registro Civil.

Descubre más detalles de esta modalidad en la página oficial www.gob.ec.

Requisitos obligatorios en Ecuador

  • Comprobante de pago.
  • Cédula de identidad de los progenitores.
  • Carta de naturalización o Decreto Ejecutivo de padre o madre.
  • Documento emitido por la autoridad de movilidad humana en el que se certifique la no renuncia del padre o madre, o de ambos de ser el caso, de la naturalización.
  • Acta de nacimiento del niño, niña o adolescente apostillada o legalizada y de ser el caso traducido, o el documento que certifique este hecho.

Nacionalidad ecuatoriana por carta de naturalización

Se trata del proceso administrativo mediante el cual una persona extranjera adquiere la nacionalidad ecuatoriana por el tiempo de permanencia en la nación y en cumplimiento de la normativa establecida para el efecto.

Esta vía de naturalización de extranjeros es el camino común que cursan los futbolistas con dos o tres temporadas en el campeonato local.

¿Quiénes podrán solicitar la carta de naturalización?

Las personas extranjeras que ostenten visa de residencia permanente y se encuentren domiciliadas en el Ecuador de forma regular al menos tres años a la fecha de ingreso de la solicitud.
Las personas reconocidas por el Estado ecuatoriano como refugiadas y apátridas y que hayan permanecido en el país al menos por dos años.
Este trámite está dirigido a las personas naturales o extranjeras con residencia permanente de por lo menos tres años a la fecha de ingreso de la solicitud, o con reconocimiento de al menos dos años como refugiada o apátrida por el estado ecuatoriano.

¿Qué necesito para el trámite?

  • Residir de forma regular y continua en el país con una visa de residencia permanente según las disposiciones de la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su reglamento.
  • Disponer de documento debidamente apostillado o legalizado y emitido por la autoridad competente del país de origen en el que conste el lugar de nacimiento y demás datos de filiación del solicitante. Se exceptúan de la presentación de este requisito las personas reconocidas por el Ecuador como refugiadas y apátridas.
  • Tener más de 18 años de edad cumplidos a la fecha de la solicitud.
  • Para las personas menores de edad se requerirá el consentimiento de quienes tengan la patria potestad o tutela legal; se escuchará la opinión de las niñas, niños y adolescentes conforme lo establecido en la Ley especial de la niñez y adolescencia.
  • Tener conocimientos generales de historia, geografía, cultura y realidad nacional.
  • Hablar y escribir en el idioma castellano.
  • Poseer medios lícitos de vida en el país.
  • Encontrarse al día en sus obligaciones con el Estado ecuatoriano.
  • Exponer en una entrevista los motivos por los que solicita adquirir la nacionalidad ecuatoriana.
  • Formulario de solicitud de nacionalidad ecuatoriana por Carta de Naturalización que se llenará en la respectiva Dirección Zonal del lugar de domicilio del solicitante.
  • Pago establecido en el Arancel Consular y Diplomático.
  • Naturalización otorgada por el presidente de la República de Ecuador.

Consideraciones para otorgamiento de la naturalización por servicios relevantes

Es el proceso administrativo de competencia de la Presidencia de la República, a través del cual, mediante Decreto Ejecutivo, se brinda la nacionalidad ecuatoriana a la persona extranjera que permaneciendo de forma regular por más de tres años en territorio nacional haya prestado servicios relevantes a Ecuador.

“La concesión de la nacionalidad por servicios relevantes al país será otorgada por la o el presidente de la República del Ecuador, de acuerdo al procedimiento establecido en el reglamento de esta Ley. Podrá ser solicitada por una persona natural, colectivo u organización social”, según el artículo 76 de la Ley de Movilidad Humana.