Lambayeque: condenan a 14 años de prisión por tocamientos en agravio de menor de edad

El Primer Juzgado Penal Colegiado Permanente impuso además S/5.000 de reparación civil y ordenó la captura del sentenciado.

Juzgado de Lambayeque dictó 14 años de prisión por tocamientos. Foto: difusión.
Juzgado de Lambayeque dictó 14 años de prisión por tocamientos. Foto: difusión.

El Primer Juzgado Penal Colegiado Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque condenó a 14 años de pena privativa de libertad efectiva a J.E.M.V., como autor del delito de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de una menor de edad de iniciales V.Z.X.F., quien tenía 11 años al momento de los hechos.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los magistrados Gerardo Gálvez Rodríguez, Rosa Vera Meléndez y Héctor Luis Fernández de la Torre, luego de la valoración conjunta de los medios probatorios actuados durante el juicio oral. El colegiado determinó que la responsabilidad penal del acusado quedó acreditada más allá de toda duda razonable.

De acuerdo con la sentencia, los hechos se produjeron en un contexto de convivencia familiar. Durante el juicio, la menor brindó su declaración y describió los actos de connotación sexual que, según su testimonio, se habrían producido en distintas ocasiones. Su relato fue valorado junto con la declaración de su madre, el acta de denuncia verbal, la constatación del inmueble y otros elementos incorporados al proceso.

Entre los elementos periciales considerados por el Colegiado se encuentra el Protocolo de Pericia Psicológica practicado a la menor, cuyas conclusiones señalaron la existencia de afectación psicológica y emocional asociada a una experiencia negativa de tipo sexual, además de recomendar apoyo psicoterapéutico. También fue valorado el Certificado Médico Legal y la denuncia formulada ante la autoridad policial.

El órgano jurisdiccional concluyó que la declaración de la menor mantuvo coherencia y persistencia y encontró corroboración en los demás medios probatorios actuados durante el juicio. En ese sentido, estableció que no subsistía duda razonable respecto de la responsabilidad penal del acusado y que los argumentos de la defensa no lograron desvirtuar la imputación.

Además de la pena efectiva, el Primer Juzgado Penal Colegiado Permanente fijó S/ 5,000 de reparación civil a favor de la menor agraviada e impuso al sentenciado la pena de inhabilitación, que incluye la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima, sus familiares u otras personas que determine el juez. Debido a que el sentenciado se encuentra en libertad, se dispuso su ubicación y captura a nivel nacional y, una vez habido, su inmediato ingreso al establecimiento penitenciario que determine el INPE.

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