Economía

Si un padre fallece y solo ha dejado la herencia a uno de sus hijos: ¿qué pasa con los no beneficiados?

Al fallecer un padre que deja su herencia solo a un hijo, los demás descendientes pueden reclamar su parte. ¿Qué se debe hacer ante esta situación?

ONP: ¿Cuándo puedes cobrar pensión si fallece tu padre o madre afiliado?. Foto: Composición LR/Difusión
ONP: ¿Cuándo puedes cobrar pensión si fallece tu padre o madre afiliado?. Foto: Composición LR/Difusión

Cuando un padre fallece y deja la herencia únicamente a uno de sus hijos, surgen una serie de cuestionamientos y procedimientos que los demás descendientes pueden seguir para reclamar su parte, así como las acciones que pueden desarrollar.

Por otro lado, en el ámbito de las pensiones, los hijos de pensionistas fallecidos tienen la posibilidad de acceder a la "pensión de orfandad". Esta prestación está destinada a hijos menores de 18 años o a aquellos mayores que presenten una discapacidad o certifiquen estudios, de acuerdo con el DL N.º 19990.

 EsSalud permite que los hijos mayores de 18 años puedan asegurarse solo con ciertos requisitos. Foto: Composición LR/Andina.

EsSalud permite que los hijos mayores de 18 años puedan asegurarse solo con ciertos requisitos. Foto: Composición LR/Andina.

¿Qué ocurre si un padre fallece dejando la herencia solo a uno de sus hijos?

Un análisis legal reciente del canal La Pasión por el Derecho explicó el procedimiento que se sigue en el momento que un padre decide adelantar la herencia únicamente a uno de sus hijos, excluyendo a los demás. De acuerdo con el especialista en abogacía, los hijos que no recibieron herencia tienen el derecho de reclamar su parte después del fallecimiento del progenitor, dado que todos son considerados "herederos forzosos". Esto significa que tienen derecho a una parte del patrimonio familiar, conocida como "legítima".

“Sí, dado que si un padre quiere solamente a un hijo y le adelanta la herencia solamente al hijo amado excluyendo a los demás, básicamente debemos indicar que este hijo que no recibió nada estando vivo el padre tras el fallecimiento de este podrá reclamar juntamente la parte de la herencia que le corresponde”, afirmó.

“Recuerden que todos los hijos son denominados herederos forzosos, es decir, sí o sí tienen que heredar algo, a eso se denomina la legítima y dado que en el caso del papá solamente adelantó la herencia a uno de sus hijos. El otro, tras el fallecimiento del papá, podrá iniciar acciones legales para poder reclamar su derecho”, detalló.

Para ejercer este derecho, el abogado explicó que los hijos excluidos deben seguir ciertos pasos legales:

  • Iniciar una sucesión intestada para ser declarados herederos.
  • Aplicar la figura de la colación, que exige al hijo que recibió la herencia en vida devolver, parcial o totalmente, los bienes otorgados. Esta medida asegura que el patrimonio se distribuya equitativamente entre todos los herederos, y garantiza que cada uno reciba su legítima conforme a la ley.

“En primer lugar, hacer la sucesión intestada para lograr que tanto él como su hermano sean declarados herederos y en segundo lugar hacer precisamente la figura de la colación con la finalidad de que su hermano quien recibió todos los bienes de su padre por el adelanto de herencia tenga el deber de retornar parte o todo el bien que fue otorgado anticipo de legítima para que pueda de esa manera dividirse entre ambos declarados como herederos, en este caso entre ambos hijos”, culminó.

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De acuerdo con el DL N.º 19990, se concede una pensión llamada ‘pensión de orfandad’ a los hijos e hijas menores de 18 años de los pensionistas que han fallecido y que formaban parte del Régimen General del Sistema Nacional de Pensiones (ONP). Además, esta pensión también puede ser solicitada por personas mayores de 18 años que tengan discapacidad o que puedan certificar la realización de estudios básicos o superiores. La pensión corresponde al 50 % del monto que recibía el pensionista mensualmente.

Pensión por orfandad: requisitos para acceder a ella

Para acceder a la pensión por orfandad, es necesario presentar una solicitud que incluya una declaración jurada de autenticidad de documentos.

  1. Si se solicita por estudios:
    Se debe presentar una copia simple del Certificado o Constancia de Estudios, Matrícula, Ingreso o Reporte de Notas del centro de estudios correspondiente.
  2. Si se solicita por discapacidad:
    Se requiere una copia simple del Certificado Médico de Invalidez emitido por EsSalud, establecimientos de salud pública del Ministerio de Salud o Entidades Prestadoras de Salud.
  3. Proceso de solicitud:
    Para registrar tu solicitud de manera virtual, debes hacer clic en la opción 'Pensión de orfandad' y rellenar los espacios requeridos. En un plazo de 30 días calendario, recibirás un mensaje en tu correo o domicilio registrado.

Si tienes dudas, puedes comunicarte con 'ONP Te escucha' al número (01 634 2222) de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.