SAT exonerará del impuesto predial a adultos mayores: así puedes acceder al beneficio
Los interesados deben presentar los documentos requeridos en la municipalidad de su distrito. Conoce cuál es el procedimiento para solicitarlo.
Los adultos mayores en Perú tienen la posibilidad de obtener una exoneración del impuesto predial, lo que representa un alivio fiscal importante para este grupo de la población. Este beneficio, indicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), depende de una serie de requisitos que deben cumplir los solicitantes, como el valor de su propiedad y sus ingresos.
De este modo, las personas mayores pueden reducir o eliminar su obligación de pagar este impuesto, lo cual impacta directamente en su economía y bienestar, ya que muchas veces dependen de ingresos limitados. A continuación, explicamos los requisitos y el proceso para acceder a este beneficio, detallado por el SAT.
¿A partir de qué edad se puede acceder a la exoneración del impuesto predial?
Para solicitar la exoneración del impuesto predial, es necesario que el solicitante tenga al menos 60 años. Este es el requisito de edad establecido por el SAT para que los adultos mayores accedan al beneficio. Sin embargo, no basta con cumplir esta condición: el valor del inmueble, según el autoavalúo, no debe superar las 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/247.500. En caso de que la propiedad tenga un valor menor, el adulto mayor puede solicitar la exoneración total del impuesto predial.
Además, los ingresos brutos mensuales del solicitante no deben exceder 1 UIT, que para 2024 está fijado en S/5.150. Si se cumplen estos requisitos, el adulto mayor podrá beneficiarse de una reducción o exoneración total del impuesto predial. Cabe destacar que este beneficio está dirigido específicamente a quienes dependen de una única propiedad usada como vivienda principal.
SAT: ¿cómo los adultos mayores pueden solicitar la exoneración del impuesto predial?
Para acceder a la exoneración del impuesto predial, los adultos mayores deben acudir a la municipalidad correspondiente a su distrito y presentar una serie de documentos. El primer requisito es contar con su Documento Nacional de Identidad (DNI) o el de su representante legal. También es necesario demostrar la titularidad de la propiedad, presentando el título de propiedad del inmueble.
Otro documento importante es la última boleta de pago o cualquier otro que acredite los ingresos personales del solicitante. Además, si el inmueble pertenece a una sociedad conyugal, será necesario incluir también los ingresos del cónyuge. El SAT verificará que el solicitante cumpla con todos los requisitos para poder otorgar el beneficio, el cual puede mantenerse en los años siguientes siempre que se renueve conforme a la normativa vigente.
¿Qué es el impuesto predial, según el SAT?
El impuesto predial es gestionado por las municipalidades distritales donde se ubica el predio, siendo la Municipalidad de Lima responsable de los inmuebles en el Cercado de Lima. Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos basado en su autoavalúo, calculado anualmente según aranceles y precios aprobados por el Ministerio de Vivienda.
El hecho imponible es la propiedad del predio, y la base imponible se determina por el autoavalúo del bien o la suma de varios predios en un mismo distrito, considerando las deducciones aplicables.
¿En dónde puedo pagar el impuesto predial?
Si buscas hacer el pago del impuesto predial debes acudir a la municipalidad del distrito donde se encuentra ubicado el inmueble. Las oficinas de recaudación o ventanillas de pago estarán disponibles para estos trámites.
Cálculo del impuesto predial
El cálculo del impuesto se realiza aplicando a la base imponible una escalada progresiva acumulada