Economía

Pago de reintegro 2 del Fonavi empezó este 27 de agosto: familiares de fallecidos pueden cobrar aportes sin testamento

La Comisión Ad Hoc del Fonavi detalló los documentos que los herederos de fonavistas fallecidos deben presentar para cobrar sus aportes.

Los deudos de los fonavistas fallecidos a partir de los 93 años al 31 de agosto, podrán cobrar su dinero desde este 27 de agosto. Foto: composición LR/Andina
Los deudos de los fonavistas fallecidos a partir de los 93 años al 31 de agosto, podrán cobrar su dinero desde este 27 de agosto. Foto: composición LR/Andina

Más de 200.000 exaportantes comenzaron a recibir desde el último martes 27 de agosto, el pago del Grupo Reintegro N° 2 del extinto Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). Los fonavistas incluidos en las 19 listas que ya han recibido parte de la devolución de sus aportes podrán obtener montos que van desde S/40 hasta más de S/20.000.

En el caso de los familiares de los fonavistas fallecidos a partir de los 93 años al 31 de agosto, ellos deben cumplir con remitir la documentación correspondiente, según un orden de prelación. Sin embargo, no necesitan contar con el testamento o sucesión intestada para cobrar su dinero. Si quieres conocer el detalle de todos los beneficiarios y otras dudas relacionadas a los herederos de los exaportantes, sigue leyendo esta nota.

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Fonavi, Reintegro 2: consulta la lista de beneficiarios

La Comisión Ad Hoc aprobó el último jueves 22 de agosto una resolución administrativa en la que ordena al Banco de la Nación que efectúe el pago a los 207.470 afiliados al grupo de Reintegro 2. Para este propósito, se dispone de un monto total de S/519 millones 291.004,31 y los beneficiarios son los siguientes:

  • Exaportantes de la listas 1 a la 19 que hayan cobrado parte de su dinero anteriormente.
  • Fonavistas de 75 años a más.
  • Aquellos que están registrados en el padrón del Conadis, que perciban pensión de invalidez de la ONP y los que tengan enfermedad grave o terminal.
  • Los herederos o deudos de fonavistas fallecidos que hayan tenido 93 años a más, hasta el 31 de agosto de este año.

Fonavi: ¿debo presentar testamento si quiero cobrar el aporte de un familiar fallecido?

Según las directrices de la Comisión Ad Hoc, los familiares de los fonavistas fallecidos no requieren presentar un testamento ni iniciar una sucesión intestada para reclamar los aportes. Este proceso es totalmente gratuito y sigue un orden de prelación establecido:

  • En primer lugar, el cónyuge o conviviente
  • En segundo lugar, los hijos
  • Los padres
  • Los hermanos
  • Finalmente, las personas que aparecen en el testamento o la sucesión intestada, si las hubiera.

¿Cómo cobrar Fonavi de un fallecido? Documentos a presentar

Para comenzar el proceso de cobro como heredero forzoso, es necesario primero confirmar si el fonavista fallecido se encuentra en las listas publicadas hasta la fecha. Esto se puede hacer consultando las páginas web de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc en el siguiente enlace.

En caso de que el fonavista esté en las listas, el heredero debe presentar una declaración jurada en una de las agencias del Banco de la Nación, indicando que es beneficiario del exaportante fallecido. Además, se debe adjuntar el DNI y la documentación requerida según el caso específico:

  • Partida de defunción del fonavista fallecido cuyo nombre figura en alguno de los grupos de pago.
  • Partida de nacimiento, en caso los solicitantes sean los hijos.
  • Partida de nacimiento de los solicitantes y del fonavista beneficiario fallecido, en caso sean los hermanos.
  • En caso los solicitantes sean los padres, se debe presentar la partida de nacimiento del fonavista fallecido
  • Si el solicitante es el cónyuge o conviviente, es importante presentar la partida de matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho.
larepublica.pe

Fonavi: ¿Cuáles son los nuevos montos mínimo y máximo?

Según la información a la que accedió La República, estos los reintegros y la cantidad de beneficiarios que cobrarán su dinero el próximo martes 27 de agosto:

  • S/40 a S/100: 8.460 fonavistas.
  • Más de S/100 a S/500: 41.848 fonavistas.
  • Más de S/500 a S/1,000: 38.651 fonavistas.
  • Más de S/1.000 a S/2.000: 15.667 fonavistas.
  • Más de S/2.000 a S/3.000: 8.994 fonavistas.
  • Más de S/3.000 a S/4.000: 12.102 fonavistas.
  • Más de S/4.000 a S/5.000: 73.668 fonavistas.
  • Más de S/5.000 a S/6.000: 5.526 fonavistas.
  • Más de S/6.000 a S/8.000: 1.147 fonavistas.
  • Más de S/8.000 a S/10.000: 601 fonavistas.
  • Más de S/10.000 a S/20.000: 791 fonavistas.
  • Más de S/20.000: 15 fonavistas.

Fonavi: ¿cuál era la idea inicial de este sistema?

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) fue creado en Perú con el objetivo inicial de financiar la construcción, adquisición y mejora de viviendas para los trabajadores. Este sistema buscaba utilizar los aportes de los empleados y empleadores para proporcionar soluciones habitacionales accesibles, mejorando así la calidad de vida de los trabajadores y sus familias.

Fonavi: este es el número de teléfono

En caso no puedas ingresar a la plataforma virtual del Fonavi, debes llamar a la central telefónica al 640-8655.

¿Qué fue el Fonavi y por qué fracasó en el Perú?

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) fue un programa creado en Perú el 30 de junio de 1979 mediante el Decreto Ley N.º 22591, con el objetivo de facilitar a los trabajadores dependientes e independientes la compra de una vivienda a través de aportes mensuales deducidos de sus salarios. Permitía a los trabajadores adquirir una vivienda progresivamente, mediante aportes mensuales que se descontaban de sus salarios. Los aportes se gestionaban a través de un sistema de cuentas individuales, y los fondos se invertían en la construcción de viviendas y terrenos.

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