Economía

Cooperativas: fondos estarán cubiertos en caso de no levantamiento de causal de intervención

Los depósitos de los socios estarán asegurados, conforme a la legislación vigente, sin importar la causal de disolución, y siempre que la Coopac cumpla con los requisitos y haya contribuido al FSDC durante 24 meses, como mínimo, informó la SBS.

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (Coopac) son entidades asociativas que se dedican a captar el ahorro y otorgar préstamos a sus socios cooperativos. Foto: difusión
Las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (Coopac) son entidades asociativas que se dedican a captar el ahorro y otorgar préstamos a sus socios cooperativos. Foto: difusión

El Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC) cubrirá los depósitos de los socios en los casos de no levantamiento de la causal de intervención y de disolución directa de una Cooperativa de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (Coopac).

Este viernes 19 de julio, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó la resolución SBS N° 02538-2024, que modifica el Reglamento del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo, aprobado por la Resolución SBS N° 05061-2018, así como el Estatuto del FSDC, aprobado por la Resolución SBS N° 00158-2020 y sus modificatorias.

En adelante, los depósitos de los socios estarán asegurados, conforme a la legislación vigente, sin importar la causal de disolución, y "siempre que la Coopac cumpla con los requisitos y haya contribuido al FSDC durante 24 meses, como mínimo", remitió la SBS para La República.

La entidad explica que el FSDC tiene por objeto principal proteger a quienes realicen depósitos en las Coopac bajo los alcances establecidos en su Ley General; sin embargo, su anterior reglamento establecía procedimientos y condiciones para el pago de los depósitos cubiertos únicamente ante la declaración de intervención de una Coopac de nivel 1 o 2.

En algunos casos, la disolución de una Coopac de nivel 1 o 2 puede ser declarada directamente, por causales distintas al no levantamiento de la causal que dio lugar a la declaración de intervención de la entidad, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Coopac, aprobado por Resolución SBS N° 5076-2018 y su modificatoria.

"Considerando que el FSDC está diseñado para proteger los depósitos de los socios de todas las Coopac que cumplen con los requisitos para ser miembros, su cobertura debe operar también en los casos de disolución por causales distintas al no levantamiento de la causal que dio lugar a la declaración de intervención de la entidad", refiere la superintendencia.