Economía

Ley que amplía licencia por paternidad aún no se promulga: ¿cuáles son las razones?

El Pleno del Congreso aprobó a mediados de marzo el dictamen de la ley que amplía la licencia por paternidad de 10 a 15 días. Sin embargo, la autógrafa de ley no fue enviada al Poder Ejecutivo. ¿Qué ocurrió?

Con 101 votos, el Pleno del Congreso aprobó en marzo de este año la ley que extiende la licencia por paternidad. Foto: composición LR/Andina
Con 101 votos, el Pleno del Congreso aprobó en marzo de este año la ley que extiende la licencia por paternidad. Foto: composición LR/Andina

Hace más de dos meses, el Pleno del Congreso aprobó un dictamen de la Comisión de Trabajo que promueve medidas para proteger los derechos de los progenitores que laboran en el sector público o privado. Uno de los principales alcances de esta propuesta legislativa es la ampliación de la licencia por paternidad de 10 a 15 días, en los casos de partos naturales o cesáreas.

De igual forma, se modifica este permiso por nacimientos prematuros y partos múltiples de 20 a 25 días calendario consecutivos. A pesar de que los parlamentarios convalidaron la exoneración de la segunda votación del dictamen, la autógrafa de ley no fue enviada al Poder Ejecutivo para su publicación en el diario oficial El Peruano. ¿Qué pasó? Te lo contamos en la siguiente nota.

¿Por qué aún no se promulga la modificación de la licencia por paternidad?

Por amplia mayoría, el Pleno del Congreso aprobó el pasado miércoles 13 de marzo el texto sustitutorio del dictamen que busca proteger los derechos de la madre y el padre que trabajan en el Estado o en el sector privado. Dicha norma amplía hasta por 15 días consecutivos la licencia por paternidad y prohíbe el despido de los padres con hijos hasta un año después del nacimiento de su menor, entre otros alcances.

En aquel momento, la máxima asamblea del Legislativo también aprobó la exoneración de la segunda votación del dictamen, por lo que quedó listo para ser remitido al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación u observación. No obstante, la autógrafa de ley quedó en suspenso y aún se encuentra en el fuero parlamentario.

Resulta que el miércoles 17 de abril, el presidente de la Comisión de Trabajo, Pasión Dávila, cursó un oficio al titular del Congreso, Alejandro Soto, para solicitar la reconsideración de la votación del dictamen e incorporar un cambio en el artículo 2 del texto sustitutorio, que no está relacionada a la licencia por paternidad, sino al permiso por adopción que se otorga a la madre.

"Sobre el particular, le informo que, en el proceso de elaboración de la autógrafa correspondiente al texto aprobado, se advirtió una omisión importante en el artículo 2, el cual solo considera que los trabajadores (cónyuges o integrantes de una unión de hecho) que podrían solicitar la licencia laboral por adopción son aquellos que laboraban para un mismo empleador, obviándose a los trabajadores que lo hacían para distintos empleadores. Siendo este el motivo por el cual, le solicito la presente reconsideración", se lee en el oficio.

Recordemos que actualmente la licencia por adopción se otorga a madre por un lapso de 30 días. Sin embargo, con la modificación al artículo 4 de la Ley n.º 27409, se busca ampliar este permiso a ambos cónyuges o integrantes de la unión de hecho. Al haber un error en la redacción, el parlamentario Pasión Dávila refiere que la subsanación al texto hará una mención explícita de los "trabajadores que laboran para distintos empleadores".

Más días de licencia por paternidad: ¿cuándo se votaría nuevamente?

El nuevo texto del dictamen que amplía la licencia por paternidad debería ser sometido a reconsideración en el próximo Pleno del Congreso. Sin embargo, esto dependerá de la priorización que le otorguen las instancias directivas del Congreso. De no haber existido un error en la redacción del texto, la autógrafa de ley ya habría sido remitida al Poder Ejecutivo a mediados de marzo.

Entonces, aún está pendiente que se resuelva este pedido del presidente de la Comisión de Trabajo, Pasión Dávila. Una vez que la norma se agende en el próximo Pleno del Congreso, podrá ser votada nuevamente y el Ejecutivo tendrá un plazo de 15 días para autorizar su publicación en el diario oficial el Peruano u observarla.