Economía

José Luna sobre Retiro CTS 2024: "Tenemos mayoría de votos para su aprobación"

El congresista de Podemos Perú declaró que se han realizado coordinaciones con diversas bancadas parlamentarias para asegurar los votos necesarios que faciliten la aprobación del Retiro CTS.

La CTS se depositará los primeros 15 días de mayo. Foto: composición LR
La CTS se depositará los primeros 15 días de mayo. Foto: composición LR

El congresista José Luna, de Podemos Perú, comunicó hoy que su bancada solicitará en la Junta de Portavoces que se priorice el dictamen para el retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), con la intención de que entre a debate en el pleno durante la primera semana de mayo.

“Vamos a pedir en la reunión de la Junta de Portavoces que se priorice el dictamen de la CTS inmediatamente y el miércoles o jueves de la próxima semana lo estaremos aprobando”, declaró José Luna a la prensa. Además, aseguró que han coordinado con diversas bancadas parlamentarias para asegurar los votos necesarios que permitan su aprobación.

Hay mayoría para aprobar Retiro CTS 2024

“Tenemos mayoría, una vez asegurada la mayoría, recién se plantea en el pleno, ya tenemos mayoría para que se apruebe”, afirmó el congresista de Podemos Perú.

El parlamentario también destacó que los fondos acumulados en la CTS son recursos que pertenecen al trabajador. El dictamen que permite la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios hasta el 31 de diciembre de 2024 ya fue aprobado por las comisiones de Trabajo y Economía, y está listo para ser incluido en la agenda del pleno.

¿Cuándo depositarán la CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se abona semestralmente a los trabajadores, por lo que se deposita durante los primeros 15 días de mayo (a más tardar el 15 de mayo) y durante los primeros 15 días de noviembre (a más tardar el 15 de noviembre). En caso de incumplimiento de estos plazos, los empleadores pueden enfrentarse a sanciones por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Es importante señalar que tienen derecho a recibir este beneficio los siguientes grupos de trabajadores: empleados del sector privado que cumplen con una jornada laboral mínima de cuatro horas diarias, trabajadores que están bajo el régimen Pyme y reciben 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios, y las trabajadoras del hogar.

¿Cómo se calcula el pago de la CTS?

El cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para aquellos trabajadores que han laborado durante un periodo completo se determina de la siguiente manera:

  • La CTS equivale al 50% del sueldo mensual (sin descuentos), a lo que se añade un sexto de la gratificación recibida durante el periodo y un sexto del total de horas extra trabajadas. Además, se incluye la asignación familiar, en caso de que corresponda.
  • En situaciones donde el trabajador recibe un sueldo variable, la CTS se calcula tomando como base un promedio del sueldo total obtenido durante el periodo de cálculo.