Economía

Lo que debe saber sobre el próximo depósito de la CTS

Impacto. Los trabajadores del régimen privado recibirán en los próximos días el primer depósito de CTS del año, ello mientras en el Congreso se discute el acceso al 100% de este dinero.

Entérate todo sobre la el retiro de la CTS. Foto: difusión
Entérate todo sobre la el retiro de la CTS. Foto: difusión

Ad portas del depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios, es importante recordar que la ley vigente establece que solo se puede disponer del excedente de cuatro sueldos. No obstante, se estaría debatiendo en el Pleno del Congreso —posiblemente el 9 de mayo— la liberación del 100% hasta el 31 de diciembre del 2024. La República conversó con diferentes especialistas sobre su retiro y rentabilidad.

¿Cómo puedo calcular mi CTS?

La CTS equivale, en promedio, al 50% de la remuneración. Se deposita en mayo y el remanente en noviembre. Para quienes perciben un sueldo variable se promedia lo recibido entre noviembre del año anterior y abril (para la CTS de mayo) o de mayo a octubre (para la CTS de noviembre). Los que reciben algún adicional, estos se incluyen en el cálculo solo si han sido percibidos en tres o más oportunidades dentro de cada periodo,  señala Mauricio Matos, socio del Área Laboral de EY Perú.

¿Quiénes acceden a este beneficio y quiénes no?

Todos los trabajadores del régimen laboral privado pueden acceder, el único requisito es que hayan laborado por lo menos cuatro horas diarias y tengan un mes completo de servicio en el periodo de cálculo. También están comprendidos los trabajadores del régimen agrario que no cobren su CTS conjuntamente con su remuneración y las trabajadoras del hogar. Por otro lado, los que laboran menos de cuatro horas diarias o en el sector público no recibirían CTS, según Matos.

¿Cómo puedo hacer rentable mi dinero?

La opción menos riesgosa es un depósito a plazo fijo en un banco, financiera o caja porque su seguro cubre hasta S/122.420. Las cooperativas, por otro lado, recién contarían con uno en 2025 y cubriría solo S/10.000. Es una alternativa más riesgosa, pero con mejor rentabilidad, ya que pueden pagar hasta más de 10% al año. Dejarla en una cuenta de aportes voluntarios de libre disponibilidad en una AFP sería otra opción, comenta Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacífico Business School.

¿En qué casos podría embargarse?

Si bien la CTS debe depositarse obligatoriamente en el banco o entidad elegida por el trabajador —aun con la existencia de un embargo judicial por deuda de alimentos—, la empresa es la responsable de informarle pertinentemente al juez que esta ha sido depositada para que se pueda proceder con la solicitud de embargo correspondiente hasta en un 50% del monto consignado, manifestó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Álvaro Gálvez.

¿Hay multas por no depositarla?

“Aquí existen tres escalas de multas que aplica la Sunafil para la micro, pequeña, mediana y gran empresa, y estas oscilan entre los S/566 y S/134.518, dependiendo del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados”, señaló Álvaro Gálvez. Asimismo, si las empresas no le entregan al trabajador la hoja de liquidación dentro de los primeros cinco días de efectuado el depósito, estarían incurriendo en una infracción leve cuyas multas van entre los S/231,75 y S/80.958.