¿Cuánto me deben PAGAR si trabajo el FERIADO 8 de octubre?
¿Vas a trabajar este domingo 8 de octubre? Conoce qué es lo que establece la ley en cuanto a remuneración durante un día feriado.
Este domingo 8 de octubre es feriado en el territorio nacional debido a la conmemoración del Combate de Angamos, ya que fue establecido como día especial mediante el Decreto Legislativo N.° 713. Asimismo, para fomentar el turismo, el día 9 de octubre ha sido declarado como no laborable, mediante el Decreto Supremo N.° 151-2022-PCM. Sin embargo, si por esta fecha no descansaras y trabajaras en el mismo 8 de este mes, en esta nota te contamos cuál es el pago que te corresponde debido a que es un día feriado.
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¿Cuánto me deben pagar si mi descanso cae el feriado 8 de octubre?
Según Sunafil, si se trabaja durante este feriado, sin descanso sustitutorio, el empleado tiene derecho a triple pago que corresponde a lo siguiente:
- La remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en la remuneración mensual que percibes)
- La remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada
- Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100% de la remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.
Por ejemplo, si el sueldo mensual del colaborador es S/1.500 y presta sus servicios el domingo 8 de octubre, sin la posibilidad de obtener un descanso sustitutorio, el monto que percibirá debe calcularse de la siguiente manera: S/50 por el domingo (feriado), más S/100 por el trabajo realizado (sobretasa de 100%), lo cual significa un total de S/1.600.
Feriado 8 de octubre:¿me deben pagar si coincide con mi día de descanso?
Si un feriado cae el mismo día del descanso semanal, es decir, ambos se superponen, según la información que consigna el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), equivale a un solo día de descanso y, por lo tanto, el trabajador no debe recibir ningún pago extra. La única excepción a la regla es el Día del Trabajo, en cuyo caso, de coincidir con el día en que un empleado descansa, sí recibirá una remuneración de dos pagos diarios: por el feriado y el día de descanso semanal. Por ejemplo, si tu sueldo mensual asciende a S/1.500, su valor diario es de S/50: el trabajador debería percibir en total S/1.550.
¿Qué feriados restan este 2023?
- Miércoles 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
- Viernes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- Sábado 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
- Lunes 25 de diciembre: Navidad.