¿Desde qué hora inicia el horario laboral de noche y cuánto deben pagar? MTPE responde

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dio a conocer una guía especializada sobre el horario laboral nocturno. Conoce cuáles son las horas de entrada y salida, y cuánto debe cobrar el trabajador.


Conoce cuánta es la remuneración y los horarios para los trabajadores nocturnos. Foto: composición LR/Pixabay
Conoce cuánta es la remuneración y los horarios para los trabajadores nocturnos. Foto: composición LR/Pixabay

El horario laboral de noche en Perú, a diferencia del horario diurno, tiene algunas diferencias, como el monto del salario. Por ello, para orientar mejor a la ciudadanía, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) pubicó una guía para el trabajador en horario nocturno, la cual está hecha con base en la normativa laboral vigente. De esta manera, el trabajador podrá saber desde qué hora inicia de forma oficial su horario y cuánto debe cobrar.

A continuación, te contamos más detalles sobre la guía que puso a disposición el MTPE sobre el horario laboral de noche.

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¿Desde qué hora empieza el horario laboral nocturno, según el MTPE?

Según el MTPE, basándose en el Artículo 8 del D.S. N.° 007-2002-TR, el horario de trabajo de noche consiste en las labores que se llevan a cabo entre las 22.00 horas y las 6.00 horas.

¿Cuánto deben pagar en el horario de trabajo nocturno, según el MTPE?

El trabajador de horario nocturno tiene que ganar, como mínimo, un salario mensual equivalente a la remuneración mínima vital (RMV), es decir S/1.025, aumentada con una sobretasa del 35%, lo que sería en total 1,383.75 soles.

Respecto a las remuneraciones diarias, semanales o quincenales, estas tendrán que ser calculada de forma proporcional sobre dicha suma.

MTPE

El horario laboral nocturno en Perú cuenta con otro tipo de predisposiciones. Foto: composición LR/La República

Otra precisión que hace la guía del MTPE es que, cuando la jornada laboral se desarrolla en horarios diurnos y nocturnos, se tendrá que aplicar la sobretasa adicional por trabajar en el horario de noche, considerando solo el tiempo laborado entre las 22.00 horas y las 6.00 horas.

¿Cuánto deben pagar en el horario laboral de noche en el caso de las microempresas?

La remuneración varía en lo que se refiere a microempresas, pues en este caso no se debe aplicar la sobretasa adicional por trabajar en horario nocturno. Es decir que, el salario mensual será como mínimo una RMV (S/1.025).

Sin embargo, respecto a las pequeñas empresas, sí se debe aplicar la sobretasa del 35%, por lo que el sueldo mensual debe ser como mínimo la remuneración mínima nocturna (S/1.383,75)

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