Economía

Día Mundial contra el Cáncer: trabajadores tienen derecho a licencia para tomarse exámenes oncológicos

En caso de realizarse pruebas para cáncer de mama o cuello uterino no se requerirá devolución de horas no trabajadas.


Empleadores y empresas que incumplan la norma serán sancionados.  Foto: Andina
Empleadores y empresas que incumplan la norma serán sancionados. Foto: Andina

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recuerda que todos los trabajadores, tanto del sector público como privado, tienen derecho a solicitar una licencia con goce de haber al año para realizarse exámenes oncológicos de manera preventiva.

De acuerdo con la Ley n.º 31479, que incorpora el artículo 12 de la Ley Nacional del Cáncer (Ley n.º 31336), este permiso será de carácter compensable. 

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Tienen derecho a una licencia anual compensable, hasta por dos días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos. La licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador.”, indica la norma. 

De esta forma, el trabajador previamente deberá de presentar a su empleador o autoridad superior la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar. Tras eso, deberá presentar los documentos que acrediten que se atendió. 

Es importante mencionar que en caso de realizarse pruebas para el cáncer de mama y cuello uterino, las trabajadoras no deberán devolver las horas. Tal como establece la Ley de Prevención del Cáncer en las Mujeres y del Fortalecimiento de la Atención Especializada Oncológica (Ley n.º 31561), esta licencia no requiere ser compensada.  

Empleadores y empresas que no cumplan con esta norma estarían cometiendo una infracción muy grave y recibirán la sanción respectiva.

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