Economía

Trabajadores de construcción civil tendrán aumento salarial superior al 8%

Capeco y trabajadores de la construcción suscribieron el acta de negociación colectiva en la que se dispone un aumento sobre el jornal básico para el operario, oficial y peón.

El Pleno del Congreso aprobó la ley que permite flexibilizar los requisitos para que los trabajadores de construcción civil accedan a una pensión justa. Foto: FTCCP
El Pleno del Congreso aprobó la ley que permite flexibilizar los requisitos para que los trabajadores de construcción civil accedan a una pensión justa. Foto: FTCCP

El presidente de la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco), Jorge Zapata, y el secretario general de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP), Luis Villanueva, suscribieron el “Acta final de negociación colectiva en construcción civil 2022-2023”. Ello ocurrió luego de que acordaran un aumento salarial para el personal del rubro, así como facilidades para la capacitación y certificación de competencias laborales, entre otros beneficios.

¿Cuáles son los acuerdos?

Los trabajadores de construcción civil y el gremio empresarial sectorial, en mérito a la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del Sector Construcción, acordaron un aumento sobre el jornal básico de S/ 6,20 para operario, S/ 4,70 para oficial y S/ 4,30 para peón, que representa un incremento de 8,34%, 8,04% y 8,19%, respectivamente, siendo ligeramente inferior a la inflación nacional de 8,78% registrada entre mayo 2021 y mayo 2022.

De esta manera, los nuevos jornales básicos para el “operario” son de S/ 80,50, para el “oficial” de S/ 63,15, y para el “peón” de S/ 56,80 por ocho horas de labor, que regirán a nivel nacional con una vigencia desde el 1 de junio del 2022 hasta el 31 de mayo del 2023.

El aumento al jornal básico (diario) tiene incidencia directa en la bonificación unificada de la construcción (BUC), bonificación por alta especialización (BAE), gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, descanso semanal obligatorio, liquidación, vacaciones y asignación escolar, entre otros derechos laborales.

Trabajadores y empresarios también acordaron extender la Bonificación por Asignación Escolar a los hijos del personal de construcción que cursen estudios técnicos o superiores hasta los 23 años de edad cumplidos.

Además, se acordó que ahora sean ocho los días feriados en los que se deberá pagar la Asignación Especial, equivalente al 10% de la BUC y al 10% de la BAE, a los trabajadores que laboren en feriado, según la ocupación que corresponda.

Los dos días feriados que se agregan a los seis días ya existentes son el 30 de agosto (Santa Rosa de Lima) y 8 de octubre (Combate de Angamos).

Condiciones de trabajo

Se acordó también que los trabajadores que realizan funciones de vigías pertenecerán al régimen especial de construcción civil con la categoría de peón. Asimismo, se deja constancia de que esta cláusula entrará en vigencia en las obras cuya ejecución se inicie en fecha posterior a la publicación del presente Convenio Colectivo.

Convenio

Convenio

Así, los trabajadores que, a la fecha de la suscripción del presente convenio, se encuentren laborando como vigías en las obras de construcción mantendrán su condición contractual hasta la conclusión de la obra.

El convenio también establece que, mientras se mantenga el estado de emergencia sanitaria y las medidas de distanciamiento social para el control de la COVID-19, los empleadores facilitarán a los dirigentes sindicales su asistencia a reuniones y actuaciones sindicales de representación mediante la disposición de medios tecnológicos o espacios físicos especiales para la comunicación con el representante de los empleadores, así como con el personal de la obra, con el respeto a las medidas sanitarias y en el marco normativo vigente.

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