Economía

Comisión de Defensa del Consumidor aprueba uniformizar plazo de atención a reclamos de usuarios

El plazo de 15 días hábiles improrrogables también se debería aplicar para reclamos en relación con productos o servicios financieros, y de seguros. Proveedores tendrían 45 días para adecuarse a la ley.

La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, que preside el congresista José Luna Gálvez (PP), aprobó, por mayoría, la norma que uniformiza el plazo de atención de reclamos de productos o servicios financieros, y de seguros para todos los consumidores.

De acuerdo con el predictamen recaído en el Proyecto de Ley 2103/2021, que modifica algunos artículos de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, este plazo sería de 15 días hábiles improrrogables, tal como muchos bancos y empresas de seguros dan como establecido, de acuerdo con las palabras de Luna Gálvez.

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Sobre el régimen de extensión excepcional del plazo de reclamos, el legislador precisó que solo se daría si la empresa requiere la participación de terceros, para lo cual la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) podrá otorgar “un plazo ampliatorio cuando la naturaleza y complejidad de las operaciones” lo justifiquen.

La iniciativa legislativa plantea que los proveedores tendrán 45 días para adecuarse a la ley.

En el debate, la parlamentaria Adriana Tudela Gutiérrez (AP) planteó que es positivo ampliar los plazos cuando se tratan de casos muy complejos; sin embargo, consideró que el plazo de adaptación es un poco reducido y solicitó que se amplíe a 60 días hábiles; iniciativa que fue aceptada por la presidencia con cargo a redacción.

Asimismo, el grupo legislativo aprobó, también por mayoría, el predictamen recaído en el Proyecto de Ley 079/2021, que propone la ley que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, para fortalecer el sistema integrado de protección al usuario. La votación tuvo este resultado: ocho votos a favor, un voto en contra y una abstención.

Mediante esta iniciativa, según José Luna Gálvez, después de casi 12 años de vigencia del Código de Protección y Defensa del Consumidor, es necesario hacer modificaciones e incorporaciones que fueron consensuados en una mesa técnica integrada por funcionarios del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

La norma propone “ampliar el plazo de prescripción en caso de devolución de pagos en exceso, de dos años a cinco años, con el fin de equiparar el plazo legal establecido en el artículo 1264 del Código Civil, que regula lo referente a la prescripción de la acción por pago indebido y que señala la acción para recuperar lo indebidamente pagado”.

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