Economía

Acuerdo entre Midagri y Chavimochic es rechazado por no esclarecer futuros de Palo Redondo

Tribunal internacional asegura que acuerdo solo resuelve “una mínima parte” del proyecto. Si no presentan uno nuevo en 60 días, se fallará el juicio originalmente solicitado, ya listo en mayo.

Tercera etapa de Chavimochic incorporará 100 mil puestos de trabajo. Foto: La República
Tercera etapa de Chavimochic incorporará 100 mil puestos de trabajo. Foto: La República

El tribunal del arbitraje “Empresa Concesionaria Chavimochic SAC (Perú) v. República del Perú”, del Centro Iberoamericano de Arbitraje (CIAR), ha condicionado la suspensión de la emisión del laudo a que las partes presenten un acuerdo que resuelva toda la controversia. Si no fuera así, el laudo se publicaría en 60 días.

El tribunal ha emitido una Orden Procesal ante la petición de las partes de detener la emisión del laudo tras celebrarse un acuerdo que, a su juicio: “es sólo una mínima parte del Proyecto Chavimochic y deja todavía sin solución el resto del proyecto”.

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En abril, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) comunicó el acuerdo al que llegó con la concesionaria del proyecto Chavicmochic, formada por las brasileñas Odebrecht y Graña y Montero, para suspender el laudo del arbitraje y reiniciar los trabajos del proyecto de irrigación. Hasta ese momento, el Midagri se había resistido por, entre otros, no asegurar que las empresas pudieran volver a demandar al Estado en un futuro.

La firma del acuerdo se dio a conocer el 19 de abril de 2022 por parte del ministro de Desarrollo Agrario y Riego Oscar Zea y recogía que la petición de suspensión del laudo se hacía para contar con: “un plazo suficiente para lograr las negociaciones entre las partes y reiniciar las obras contempladas en el proyecto”.

Ese mismo día, 19 de abril, el presidente del tribunal, Ignacio Torterola, envío una comunicación a las partes informado de que el tribunal se encontraba al final de su proceso de deliberación redacción y tenía toda la intención de emitir el laudo en la siguiente semana o, como tarde, la primera de mayo.

Ante la petición recibida de las partes, el tribunal -que completan Elvira Martínez Coco y Francisco González de Cossío – no oculta sus dudas respecto a que el Acuerdo “[…] cumpla con el objetivo de evitar demoras y gastos inncesarios y llegar a una solución justa y eficas del litigio entre las Partes.” Ya que, según lo conocido del contenido del acuerdo, la conformidad sobre la construcción de la presa Palo Redondo no abarca “las variadas cuestiones que forman parte de la litis”.

El tribunal pide que el acuerdo presentado, en un plazo máximo de 60 días, ponga fin a la totalidad de la disputa o al arbitraje a través del desistimiento al mismo y a todas las cuestiones sometidas. Y establece que si en el plazo dispuesto no se presenta el acuerdo, el tribunal procederá al dictado del laudo.

Además, el tribunal deja claro que los honorarios abonados han sido utilizados en su totalidad por la etapa del procedimiento en la que se encuentran y que si no se dicta el laudo es “exclusivamente” a petición expresa de las partes, no porque el Tribunal no haya cumplido con su tarea.

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