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Economía

Indecopi sanciona con S/17 millones 240.000 a empresas por concertar precio del pavo en Navidad

Son cuatro empresas que, junto a San Fernando, se pusieron de acuerdo para alinear sus precios y mantenerlos elevados. Tienen la opción de apelar en segunda instancia.

Foto: composición LR
Foto: composición LR

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi (CLC) comunicó que ha sancionado, en primera instancia administrativa, a Cencosud Retail Peru S.A., Hipermercados Tottus S.A., Makro Supermayorista S.A. y Supermercados Peruanos S.A. por concertar los precios en el mercado de comercialización de pavo entero marca San Fernando a nivel nacional. La multa de S/17 millones 240.000 también incluye a la empresa San Fernando por haber sido facilitador del cártel.

La autoridad explica que la infracción consistió en la fijación de un precio mínimo del pavo entero San Fernando, respecto del cual las empresas alineaban sus precios para mantenerlos elevados artificialmente durante los meses de diciembre, entre 2009 y 2016, que abarcó el acuerdo, según declaraciones, correos electrónicos e información económica obtenida por la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia. Cabe señalar que durante este periodo de tiempo se comercializó más de 6 millones de kilos de pavo.

Además, se acreditó la participación de San Fernando durante las campañas navideñas 2015 y 2016 como facilitador del cártel, que se encargó de comunicar el precio mínimo a los autoservicios, trasladar información y reclamos entre los mismos y buscar el cumplimiento del acuerdo. Así, cada autoservicio condicionaba su respeto del precio mínimo al cumplimiento por parte del resto de competidores.

Se debe tener en cuenta que cada año, la oferta navideña de pavos, es cercana a los 2 millones de unidades, siendo el pavo San Fernando el de mayor consumo en nuestro país.

En adición a las multas impuestas, la Comisión ordenó que las empresas señaladas implementen un programa de cumplimiento de las normas de libre competencia por un periodo de 3 años, en base a las recomendaciones contenidas en la Guía de Programas de Cumplimiento de las Normas de Libre Competencia publicada por el Indecopi en marzo del 2020.

La resolución de la Comisión (https://bit.ly/3J1SLBj) podrá ser apelada ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, que es la segunda instancia.

Finalmente, el Indecopi señala que viene demostrando su compromiso por fortalecer la eficacia de la Ley de Libre Competencia en los distintos sectores de la economía, promoviendo una cultura de competencia y contribuyendo con el desarrollo económico para el bienestar de los consumidores.

Empresa Tottus se pronuncia

Mediante un comunicado, la empresa Tottus rechazó la acusación de Indecopi, y agrega que siempre han desarrollado sus actividades comerciales en estricto cumplimiento del marco legal y de las normas de libre competencia. De esta manera, señala que presentarán los recursos de revisión que estén disponibles con miras a revertir la decisión de la autoridad.

“Rechazamos todo tipo de prácticas que atenten contra el mercado y el consumidor. Desde su ingreso al mercado peruano hace casi 20 años, Tottus tiene como propósito la búsqueda permanente de los mejores precios posibles para sus clientes, ya sea a través de descuentos, promociones o con sus marcas propias, dinamizando la competencia al ofrecerle mayores y mejores opciones a los consumidores”, señala el comunicado de la empresa.

Cencosud niega concertación de precios

Por su parte, Cencosud Supermercados, a través de un comunicado rechazó su “participación en una presunta práctica colusoria de precios” e informó que apelará el fallo de la CDL del Indecopi.

“Reiteramos que Cencosud desarrolla sus actividades bajo los más altos estándares de cumplimiento, contando con protocolos y políticas internas que rechazan toda infracción a las normas de libre competencia y aseguran su adecuado cumplimiento”, agregó.

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