Indecopi impone derechos antidumping a importaciones de tejidos de tafetán de China
Comisión determinó la existencia de prácticas antidumping en las exportaciones al Perú durante el periodo de enero de 2017 a marzo de 2020.
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La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) del Indecopi dispuso imponer derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de tejidos tafetán elaborados exclusivamente con fibras discontinuas de poliéster y algodón originarios de la República Popular China.
Mediante la resolución Nº 273-2021/CDB-INDECOPI publicada en El Peruano se determinó la existencia de prácticas dumping en las exportaciones al Perú durante el periodo de enero de 2017 a marzo de 2020 por lo que se impondrá derechos antidumping definitivos de US$ 2,08 por kilogramo sobre los tejidos importados que se utilizan para la confección de sábanas y almohadas.
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“De tejidos de ligamento tafetán, elaborados exclusivamente con fibras discontinuas de poliéster y algodón (donde el poliéster representa más del 50% en peso), crudos, blancos/blanqueados y teñido de un solo color, con un ancho de hasta 1.80 metros, y peso unitario de entre 80 gr/m2 y 130 gr/m2, cualquiera sea el uso declarado, originarios de la República Popular China”, cita la resolución.
Asimismo, la comisión constató que el incremento de las importaciones de los tejidos objeto de dumping incidió negativamente en los precios de venta del producto elaborado por la rama de producción nacional y su desempeño.
Según la resolución, los principales indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional mostraron una evolución desfavorable durante enero del 2017 y marzo de 2020. “No habiéndose identificado otros factores que expliquen el daño importante experimentado por la RPN en dicho periodo”, puntualizan.
















