Economía

Crean programa de garantías de 7 mil millones de soles para las empresas del sistema financiero

Lo que se busca es proveer liquidez necesaria para mantener el flujo de crédito hacia los sectores más afectados por la crisis del coronavirus.

Ministerio de Economía y Finanzas. Foto: Difusión.
Ministerio de Economía y Finanzas. Foto: Difusión.

Con el objetivo de que las empresas del sistema financiero incrementen su capacidad para enfrentar escenarios de mayor demanda por liquidez, el Ejecutivo creó el Programa de Garantía del Gobierno Nacional a la Cartera Crediticia de las Empresas del Sistema Financiero.

Según precisa la norma, las empresas del sistema financiero solo podrán utilizar la Garantía del Gobierno Nacional en el marco del Programa para realizar operaciones de reporte de cartera crediticia con el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), sea directamente o a través de la constitución de un fideicomiso.

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Para tal fin, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) está otorgando 7 mil millones de soles como garantía del Gobierno Nacional para cubrir la cartera de créditos de las empresas del sistema financiero.

El MEF puede ampliar el monto de esta garantía hasta por un 20% adicional, en caso sea necesario, previa evaluación de las necesidades del programa.

Características del Programa

La Garantía del Gobierno Nacional se canalizará a través de los siguientes mecanismos:

a) Mediante fideicomiso.

b) Mediante comisión de confianza u otro instrumento de similar naturaleza.

Es importante mencionar que la garantía otorgada sólo sirve de respaldo siempre que ésta se utilice, de manera exclusiva, en operaciones del BCRP. Vencida la fecha para acogerse al Programa, la garantía del Gobierno Nacional otorgada a la cartera de las entidades participantes permanece vigente hasta que las operaciones de reporte realizadas con el BCRP hayan sido recompradas.

La garantía que asigne el Gobierno Nacional no excederá el 80% de la cartera transferida en el marco del Programa. Los criterios para la determinación de los porcentajes de cobertura será establecidos en el Reglamento Operativo, el cual se publicará en un plazo máximo de 10 días hábiles.

El administrador del programa será COFIDE. Además, la cartera elegible de las entidades participantes del Programa es la cartera de créditos corporativos, a grandes y medianas empresas, créditos de consumo y créditos otorgados a la pequeña y microempresa, de acuerdo con las definiciones contenidas en las normas de la SBS. Esta cartera corresponde a créditos otorgados a personas naturales y jurídicas, en moneda nacional y extranjera (dólares), siempre que al 29 de febrero de 2020 hayan tenido calificación de riesgo “Normal” o “Con Problemas Potenciales” en la entidad participante del Programa.

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