Produce habilita web para que empresas tramitan autorización para reinicio de actividades
Conoce aquí el link donde los empresas del rubro textil y confecciones, y comercio electrónico deben tramitar dicha solicitud.
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Las empresas del rubro textil y confecciones y comercio electrónico de bienes y servicios para el hogar y afines pueden tramitar desde hoy su solicitud de autorización para reanudar sus actividades, a través de la plataforma “Produce Virtual”, del Ministerio de la Producción.
Ello conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo y los Protocolos Sanitarios de Operación ante el COVID-19, ambos publicados oficialmente en las normas legales de El Peruano.
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Los empresarios y emprendedores de los rubros mencionados pueden acceder a este trámite digital ingresando al enlace https://sistemas.produce.gob.pe/#/ y seleccionando la opción Administrados.
Luego, seleccionar la opción “Sí” respondiendo a la pregunta si desea realizar una solicitud de autorización para la operatividad de producción de bienes y servicios esenciales.
Después, deberá ingresar su RUC y hacer click en “Consultar”. De acuerdo a ello, el sistema le indicará si puede o no realizar el procedimiento de solicitud de autorización, de conformidad con lo dispuesto al DS publicado el 02 de mayo de 2020.
Si el sistema le permite continuar con el trámite de autorización, deberá ingresar la información que se le requiera. Al finalizar el trámite, se le otorgará un número de expediente. En caso, su RUC no cumpla lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, el sistema se lo indicará.
Asimismo para el seguimiento de su trámite, deberá ingresar al enlace https://www.produce.gob.pe/index.php/consulta-tramite o al aplicativo móvil PRODUCE MOVIL (disponible en Android) y digitar la clave de acceso que se le brindó al registrar su documento.
Si alguna empresa o emprendedor del sector producción y público en general considera que sí debe estar autorizado para reanudar sus actividades y fue denegado por la plataforma, podrá enviar su consulta al correo electrónico: coviddgde@produce.gob.pe de este ministerio.
Vale mencionar que de acuerdo al Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, se autorizó reanudar actividades de la Fase 1 (minería e industria, construcción, servicios y turismo y comercio), para lo cual, las personas y empresas deben cumplir los Protocolos Sanitarios de Operación, elaborar un Plan para la Vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo, a su vez, registrarse en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID) del Ministerio de Salud y cumplir las demás disposiciones establecidas en dicha norma.




















