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Economía

Seguro de Vida Ley: Todos los trabajadores deberán contar con este beneficio obligatoriamente desde mañana

Ministerio de Trabajo publicó norma que hace precisiones sobre cuáles serán los beneficios si tienes menos de cuatro años trabajando en la empresa pública o privada.

Seguro de Vida Ley
Seguro de Vida Ley

Tras el lamentable accidente laboral ocurrido en McDonald´s, donde murieron dos jóvenes, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estableció que los trabajadores en el país puedan contar con un seguro de Vida Ley desde el primer día de laborales y no después de cuatro años.

Así, este lunes el Ejecutivo decidió aprobar una norma complementaria donde se precisen detalles de este beneficio. En ese sentido, indicó quiénes se beneficiarán, posible monto del seguro para los que laboren menos de tres meses, entre otros. Los detalles a continuación:

¿A quiénes aplicará?

El Seguro de Vida Ley será para:

Los trabajadores del sector privado, independientemente del régimen laboral y modalidad contractual al que se sujeten; así como a los trabajadores de entidades y empresas del sector público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo.

¿Cuáles son los beneficios?

Actualmente, los trabajadores con más de cuatro año de labores ya cuentan con este beneficio, pero para quienes tienen un menor tiempo, el Seguro de Vida Ley aplicaría de la siguiente forma:

a) El seguro de vida otorga, como mínimo, los beneficios por fallecimiento del trabajador a consecuencia de un accidente y por invalidez total y permanente del trabajador originada por accidente. Así, los familiares recibirían por fallecimiento a consecuencia de un accidente: un abono equivalente a 32 remuneraciones mensuales percibidas por aquel en la fecha previa al accidente. En tanto, por invalidez total o permanente del trabajador originada por accidente se abonará otras 32 remuneraciones mensuales percibidas por él en la fecha por vía del accidente. En este caso, dicho capital asegurado será abonado directamente al trabajador o por impedimento de él a su cónyuge, curador o apoderado especial.

b) En tanto, a partir del 1 de enero de 2021, se le incluirá el seguro de vida otorga los beneficios por fallecimiento natural del trabajador. Así, los familiares recibirían un abono equivalente de 16 remuneraciones que se establecen en base al promedio de lo percibido por aquel en el último trimestre previo al fallecimiento.

c) Respecto de los trabajadores que cumplen cuatro 4 años de servicios antes del 1 de enero de 2021, se otorgan los beneficios por fallecimiento natural del trabajador, por fallecimiento del trabajador a consecuencia de un accidente y por invalidez total y permanente del trabajador originada por accidente, una vez cumplido dicho tiempo de servicios.

Se precisa que los beneficios no podrán ser interpretado o aplicado en el sentido que reduzca los beneficios de las pólizas de seguro de vida ya contratadas por el empleador.

Con menos de 1 mes trabajando

Asimismo, el MTPE estableció que precisiones adicionales para los trabajadores con menos de 3 meses o 1 mes de trabajo:

a) Si la antigüedad del trabajador es inferior a tres meses, el monto del beneficio por fallecimiento natural se establece en base a la remuneración mensual percibida por aquél en la fecha previa al fallecimiento.

b) Si la antigüedad del trabajador es menor a 30 días, el monto del beneficio, sea cual fuere la contingencia, se establece en base a la remuneración mensual pactada en el contrato de trabajo.

c) Los trabajadores remunerados a comisión o destajo, sea cual fuere la contingencia, también definirán el monto del beneficio del Seguro.

Para las empresas

Según se establece en la norma, los empleadores deberán contratar la póliza del seguro de vida con una empresa de seguros supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - SBS.

La empresa estará prohibida de cobrar por los costos de intermediación en la contratación de la póliza del seguro de vida.

Dichas pólizas deberán estar inscritas en Registro Obligatorio de Contratos del Seguro Vida Ley, el cual será consultado - las veces que necesite - la Sunafil para sus labores inspectivas.

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