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Economía

Ley de fusiones: decreto de urgencia es declarado inconstitucional

Grupo de Trabajo de la Comisión Permanente, liderado por el fujimorista Luis Galarreta, concluyó que la norma no era urgente.

Foto: Difusión.
Foto: Difusión.

El decreto de urgencia (DU) que aprobó el Control Previo de Fusiones empresariales en el país, conocido también como Ley antimonopolio, y que fue publicado en diciembre pasado por el Gobierno, fue declarado inconstitucional por el Grupo de Trabajo cuyo coordinador es el excongresista Luis Galarreta.

El informe final concluye que “a la luz de la Constitución Política del Perú, la norma no superaría el análisis de control de legalidad al no responder a una necesidad impostergable que justifique su publicación”.

Luis Galarreta Velarde, coordinador, y Rolando Reátegui Flores, votaron a favor del infome; el voto en contra fue del parlamentario Marco Arana Zegarra.

En cuanto al contenido del DU se observó lo siguiente: la norma debería tener un carácter estable o permanente porque responde a políticas anticompetitivas, pudiendo darse evaluaciones cada cierto tiempo. También se señaló que no existirían mecanismos para garantizar el deber de confidencialidad a lo largo de toda la fase del procedimiento.

Asimismo, se indicó que no se habría establecido la participación del grupo de interés, con el fin de que la norma no frene el normal desarrollo del mercado. Los congresistas también dijeron que no se habría establecido las consecuencias de la falta de cumplimiento de los plazos establecidos en el procedimiento, tanto para la fase uno como de la fase dos.

Se debería contar con un protocolo interno para agilizar la entrega de la información de parte de algún regulador hacia el Indecopi, con el fin de no perjudicar a los agentes de mercado durante el procedimiento. Sin embargo, los integrantes de este grupo remarcaron que estas observaciones no interfieren en la vigencia y aplicabilidad del decreto, cuya jerarquía normativa es inferior a la Constitución Política.

El informe recomienda al Congreso que se instale al concluir el presente interregno parlamentario, emita una ley con carácter permanente en el tiempo que legisle el control previo de las operaciones de concentración económica, toda vez que el DU 013 legisla la materia solo por cinco años, y estaría sujeta a una evaluación por parte del Indecopi.

Tras esta decisión, el informe se derivará a la Comisión Permanente para su debate y aprobación. No obstante, especialistas señalan que será el nuevo Congreso quien decida sobre la materia.