SBS aprobó inscripción del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo
Este se encargará de cubrir los depósitos a favor de los socios, hasta por 10 mil soles, en caso una cooperativa sea intervenida por la SBS o sea disuelta y liquidada.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la inscripción del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo, y con ello su estatuto.
La Resolución SBS publicada hoy en el diario oficial El Peruano detalla que la duración del Fondo de Seguro de Depósitos es indefinido.
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Cabe recordar que el monto máximo de cobertura de este seguro es de 10 mil soles por cada socio. Esto se da en caso la SBS intervenga una Cooperativa de Ahorro y Crédito (Coopac) o en caso de disolución y liquidación de esta.
A detalle, para las Coopac Nivel 1 y Nivel 2 con activos totales menores o iguales a 32.200 UIT, el monto máximo de cobertura por socio quedó fijada en 5.000 soles. Mientras que para las Coopac Nivel 2 con activos totales mayores a 32.200 UIT y de Nivel 3, la cobertura quedó fijada 10.000 soles.
La norma detalla que esta rige siempre y cuando la Coopac haya realizado aportaciones al Fondo de Seguro de Depósitos por más de 24 meses. Es por ello que el seguro se activará en el 2022.
El pago de la prima o aporte del fondo por parte de las cooperativas también se estableció en función de los activos. En el caso de las Coopac Nivel 1 y de Nivel 2 con activos menores o iguales a 32.000 UIT la tasa anual es de 0,25% de sus depósitos totales; y en el caso de las Coopac Nivel 2 con activos totales mayores a 32.200 UIT y Nivel 3 es de 0,35% de sus depósitos totales.
La resolución señala que el Fondo tendrá como función la inversión de sus recursos en activos teniendo en cuenta criterios de seguridad, liquidez, rentabilidad y diversificación que determine el Consejo de Administración.
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