Economía

Fiestas Patrias: calcula cuánto recibirás de gratificación

En esta nota te enseñamos cómo estimar el monto de tu próxima “grati”. Asimismo, cuánto le corresponde al empleador pagarte de acuerdo al tipo de régimen.

Gratificación de Fiestas Patrias.
Gratificación de Fiestas Patrias.

Faltan dos semanas para que los trabajadores de la actividad privada reciban la gratificación de Fiestas Patrias. Y aunque la mayoría sabe que las empresas están obligadas a depositar dicho beneficio hasta el 15 de julio, muchos no conocen el monto que les corresponde recibir.

Para ello, en esta nota te mostramos cómo hacer el cálculo respectivo y así puedas planificar cómo invertir el monto que recibirás o en todo caso conocer si te alcanzará para pagar la cuota de alguna deuda pendiente, por ejemplo.

TE RECOMENDAMOS

CRONOLOGÍA DEL ASESINATO EN COLCABAMBA Y ¿LÓPEZ ALIAGA INSISTE CON FRAUDE? | QUE NO SE TE OLVIDE

Cálculo:

El primer requisito, para recibir una gratificación, el trabajador debe haber laborado como mínimo un mes en una empresa.

Fórmula para calcular en régimen general: salario mensual ÷ 6 ; luego, multiplicar por los meses laborados.

Fórmula para calcular en régimen pequeña empresa y trabajadores del hogar: salario mensual ÷ 12, luego multiplicar por los meses laborados.

Por ejemplo:

Si un trabajador del régimen general con un salario mensual de 1.200 ingresó a trabajar a una empresa privada el primer día de abril de este 2019. Desde aquella fecha hasta el 15 de julio le corresponderá recibir 600 soles, que proviene de la sexta parte de su sueldo (200 soles) multiplicada por los meses efectivos de trabajo (abril, mayo y junio).

En el caso de un trabajador del régimen de la pequeña empresa o trabajadora del hogar, si trabaja desde abril y gana 1.200 soles, le corresponderá 300 soles, por los tres meses laborados.

Montos de gratificación

Es importante que el trabajador considere - como hemos visto en el cálculo - el monto de su gratificación depende su régimen de actividad privada:

- Régimen general – 1 remuneración mensual.

- Régimen pequeña empresa – ½ remuneración mensual.

- Régimen micro empresa – no tienen derecho.

- Régimen trabajadores del hogar – ½ remuneración mensual.

- Régimen agrario – incorporados en su remuneración mensual.

- Locadores de servicio (recibo por honorarios) – no tienen derecho.

Anotación

Se debe indicar al lector que la gratificación no es igual al aguinaldo. La “grati” la entregan a trabajadores que trabajan en empresas privadas, en tanto, el aguinaldo, es la que ofrece el sector público.

Lo más visto
Lo último
ONP y AFP: afiliados podrán trasladarse entre ambos sistemas desde setiembre tras reglamento de la reforma previsional

ONP y AFP: afiliados podrán trasladarse entre ambos sistemas desde setiembre tras reglamento de la reforma previsional

LEER MÁS
Alemania: "Perú está en una situación política compleja, pero no vemos ninguna tendencia de nuestras empresas a irse"

Alemania: "Perú está en una situación política compleja, pero no vemos ninguna tendencia de nuestras empresas a irse"

LEER MÁS
CTS 2026: ¿Cuándo depositan, cómo calcular y cuánto te corresponde cobrar?

CTS 2026: ¿Cuándo depositan, cómo calcular y cuánto te corresponde cobrar?

LEER MÁS
Entel da el salto en el sector telecomunicaciones con el satélite de Elon Musk: ya se envía WhatsApp sin señal móvil

Entel da el salto en el sector telecomunicaciones con el satélite de Elon Musk: ya se envía WhatsApp sin señal móvil

LEER MÁS
Precio del dólar hoy, domingo 3 de mayo de 2026,  en casas de cambios, bancos y otros canales

Precio del dólar hoy, domingo 3 de mayo de 2026, en casas de cambios, bancos y otros canales

LEER MÁS
Precio del dólar hoy, sábado 2 de mayo de 2026, en casas de cambios, bancos y otros canales

Precio del dólar hoy, sábado 2 de mayo de 2026, en casas de cambios, bancos y otros canales

LEER MÁS

Recetas

Ofertas

Últimas noticias

Economía

Estados Unidos

Política