El Gobierno español anuncia la suspensión de cuentas bancarias y tarjetas de crédito a estos contribuyentes: ¿Estás en la lista?
La Agencia Tributaria busca frenar el fraude fiscal y dicha suspensión afectará a personas y que figuren en la lista de morosos en España.

Durante años, tener una deuda con Hacienda podía implicar sanciones o embargos si se ignoraban los avisos. Ahora, el gobierno de Pedro Sánchez confirmó que la Agencia Tributaria aplicará una medida excepcional contra los contribuyentes que figuren un listado de alto riesgo.
Dicha medida fue confirmada por el Ministerio de Hacienda, quien estará diseñado para frenar los movimientos financieros sospechosos. La suspensión es inmediata y busca proteger los fondos públicos ante posibles fugas de capital.
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¿Quiénes se encuentran en la lista de Hacienda?
De acuerdo con la lista de Hacienda, está compuesta de personas físicas y jurídicas que mantienen deudas superiores a los 600.000 euros con Hacienda.
La medida busca reforzar la lucha contra el fraude fiscal y mejorar la eficacia en el cobro de deudas pendientes. Desde el Ministerio de Hacienda señalaron: "No se trata de una caza de brujas, sino de una herramienta de control fiscal que permite proteger los intereses del Estado y actuar con rapidez ante casos de riesgo".
Asimismo, la Agencia Tributaria incluye a contribuyentes reincidentes, incluso si las deudas son menores. "Si una persona o empresa ignora múltiples requerimientos, también puede ser incluida en una categoría especial de vigilancia", acotó Hacienda.
Por el momento, desde Hacienda destacaron que ahora existen sanciones más duras para quienes ocultan patrimonio, presentan documentación falsa o utilizan sociedades para eludir impuestos.
¿Qué implica la suspensión de tarjeta/cuentas y cómo evitarla?
La suspensión es una forma preventiva que bloquea las de forma temporal todas las cuentas bancarias y tarjetas de crédito o débito asociados al contribuyente.
Los efectos de esta suspensión incluyen:
- Bloqueo de transferencias, pagos y retiros.
- Inutilización de tarjetas de crédito y débito.
- Acceso restringido a cualquier producto financiero vinculado al contribuyente.
Esto no es un embargo inmediato, pero sí de una paralización efectiva que impide mover el dinero. La medida está respaldada por el artículo 162 de la Ley General Tributaria, que habilita a Hacienda a actuar cuando existe un riesgo para la recaudación.
Los contribuyentes que reciben la notificación tienen varias opciones:
- Pagar la deuda total o parcial.
- Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento, si cumplen con los requisitos.
- Presentar alegaciones si consideran que hubo un error.
El proceso es rápido y automático. "Actuar de forma inmediata es clave para evitar consecuencias más graves, como embargos definitivos o procesos judiciales", advirtieron desde la Agencia Tributaria.



















