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Sociedad

Municipio de Barranco sobre cobro a quinceañera por foto en Puente de los Suspiros: "No cobramos, regulamos"

La gerenta de Desarrollo Económico de Barranco, Yvonne Roballo, aseguró que no se cobra a ciudadanos ni turistas y que la norma solo regula el uso comercial, aunque la Resolución de Alcaldía de 2023 contempla tres categorías de pago.

Agentes de fiscalización de Barranco intervinieron durante una sesión de fotos en el Puente de los Suspiros, generando polémica por un supuesto cobro de uso del espacio público.
Agentes de fiscalización de Barranco intervinieron durante una sesión de fotos en el Puente de los Suspiros, generando polémica por un supuesto cobro de uso del espacio público.

El 21 de septiembre, agentes de fiscalización de la Municipalidad de Barranco intervinieron para impedir que una joven quinceañera, junto a sus padres, continuara con su sesión de fotos en el Puente de los Suspiros. La situación causó indignación porque se solicitaba un cobro por hacer uso del espacio público, ya que, según las autoridades, se estaba utilizando equipo fotográfico ''profesional''.

Ante la controversia, el municipio salió a aclarar los hechos. La gerenta de Desarrollo Económico, Yvonne Roballo, declaró a La República que ''no se está cobrando'' y que lo que se está regulando es el uso con fines comerciales. Además, atribuyó la situación a un error del fiscalizador, quien —según explicó— no supo expresarse correctamente.

El tuit con la denuncia causó indignación en redes sociales.

Precios por fotos en Puente de los Suspiros llegan a los S/800

La Gerencia de Desarrollo Económico explicó que la medida está contemplada en la Resolución de Alcaldía N. ° 0125-2023-MDB-ALC , y de acuerdo al Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE). Según la gerenta Roballo, el incidente con la quinceañera se trató de un malentendido, producto de una ''mala orientación'', y se disculpó por lo sucedido. Ella hizo mención de que la Municipalidad de Barranco no realizaría cobros a vecinos y turistas, tampoco a ciudadanos con cámara profesional. ''Nosotros no cobramos, regulamos'', indica, y precisa, que solo supervisan la actividad comercial.

No obstante, la Resolución de Alcaldía del 2023 indica las siguientes tarifas por Pago por derecho de uso del espacio (por día):

  • Persona Natural: S/. 300.00
  • Persona Jurídica: S/. 800.00
  • Interés Educativo – Cultural: S/. 100.00
  • Estudiantes: Gratuito

Asimismo, el documento del municipio no precisa qué tipo de cámaras podrían considerarse profesionales, como tampoco delimita quiénes serían considerados fotógrafos con interés lucrativo. Sobre la falta de una definición clara sobre las actividades comerciales, la gerenta Robello dijo a otros medios que se sabría porque ''traen luces'', y un equipo con mayor producción. Ella también indicó a La República que la Subgerencia de Comercialización tiene los datos de cuántos permisos se han otorgado hasta ahora, pero no se entregó la información.

De acuerdo con la funcionaria, el aforo del puente es de 20 personas, y que el panorama los fines de semana es insostenible. ''Vienen promociones sin autorización. Se colapsa. Rebalsa la capacidad del Reglamento Nacional'', explica, y afirma que hay personas que dejan deterioradas las áreas verdes, traen carpas y se cambian de ropa en la vía pública para las sesiones fotográficas. ''Nosotros estamos orientando, pedimos que se acerquen a la Municipalidad para tramitar su permiso'', finaliza.

Así luciría el Puente de los Suspiros los fines de semana, según la Municipalidad de Barranco.

¿Es legal la medida tomada por la Municipalidad de Barranco?

Según el abogado experto en temas administrativos, César Valverde, el cobro que se haría por usar la atracción de Barranco podría afectar al derecho de los ciudadanos. ''La ley 31199, regula la gestión y protección de los espacios públicos. El artículo 7, inciso 2 de esa ley, establece como derecho del ciudadano la accesibilidad y permanencia en los espacios públicos, sin discriminación y conforme a reglas de conservación'', afirma. El letrado agrega que, por ende, ''el cobro que se hace por usar el puente de los suspiros vulnera dicho derecho que podría denunciarse ante la Defensoría del Pueblo''.

Por su parte, la Defensoría del Pueblo advirtió que debe existir una ordenanza municipal. Asimismo, señaló que ya se ha generado un expediente por el caso, y que está en proceso. Al cierre de esta nota, el área encargada está a la espera de recibir una respuesta. Lo cierto es que, si bien no existe una ordenanza, la medida del municipio podría corresponder a una necesidad por mantener cierto orden en el Puente de los Suspiros, que es considerado como Patrimonio Cultural de la Nación desde 1972.

La abogada de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya (UARM), Sherly Aguilar, opina que el proceder podría justificarse si existiera una normativa específica vigente. ''Una ordenanza municipal que disponga esta medida, respaldada por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, la cual establece las competencias de las municipalidades, incluyendo la regulación del uso de los espacios públicos y la posibilidad de establecer autorizaciones o cobros justificados para situaciones específicas''. No obstante, la experta también advierte que la ''validez (de la medida) puede ser cuestionable'', dado que no tiene la ''fuerza normativa de una ordenanza''.

Hace unos años, en 2023, se denunció un caso similar de escolares del Callao que se tomaban fotos de promoción en el puente. Las madres de los menores denunciaron que se sintieron discriminadas y que los serenos del distrito les impidieron continuar la sesión fotográfica, ya que, según ellos, necesitaban un permiso especial. Sin embargo, la Municipalidad de Barranco emitió un comunicado diciendo que, tras una investigación interna, no se halló ninguna expresión concreta que constituyera discriminación contra los jóvenes.

La Muncipalidad ya colocó el cartel con la información del permiso.

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