El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, destacó que su cartera haya presentado un proyecto de ley ante el Congreso de la República que promueve el beneficio penitenciario de libertad vigilada de la pena para internos mayores de 65 años. La iniciativa tiene como finalidad salvaguardar la dignidad, integridad física y mental de los adultos mayores que se encuentran presos, pero esto no beneficiaría al expresidente Alberto Fujimori.
“Con el propósito de salvaguardar la dignidad, integridad física y mental de las internas e internos en condición de vulnerabilidad, presentamos un proyecto de ley para crear el beneficio penitenciario de libertad vigilada humanitaria de la pena. Esta iniciativa busca que las personas adultas mayores o en condiciones crónicas o críticas de salud, que no representen un peligro a la sociedad, no mueran en la cárcel, en condiciones de hacinamiento y vulneración de sus derechos”, escribió en su cuenta de Twitter.
Félix Chero destacó que el proyecto también tiene como finalidad contribuir al deshacinamiento penitenciario. Por lo que, los adultos mayores beneficiarios deberán cumplir con requisitos como tener más de 65 años, padecer una enfermedad crónica, irreversible o degenerativa; padecer de una discapacidad física permanente que afecte la capacidad motora del reo o que la condena por la que fueron privados de su libertad no sea mayor a los 12 años.
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El proyecto que modifica el numeral 6 del artículo 42 del Código de Ejecución Penal señala que las personas que accedan a la libertad vigilada humanitaria de la pena deberán ser monitoreadas a través de un grillete electrónico que será suministrado por el centro penitenciario al que pertenecen.
Un requisito clave para el beneficio de libertad vigilada humanitaria de la pena es que el reo no haya sido condenado a una pena mayor de 12 años, lo cual imposibilita que alcance al expresidente Alberto Fujimori, quien fue condenando a 25 años de prisión por los crímenes de La Cantuta y Barrios Altos.
A fines de marzo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó al Estado peruano abstenerse de ejecutar la liberación de Alberto Fujimori, tras el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que ordenaba restituir el indulto humanitario a favor del expresidente otorgado por Pedro Pablo Kuczynski, el cual fue anulado en el 2018 al considerarse que carecía de efectos jurídicos.