El presidente del Congreso, Alejandro Soto, fue elegido parlamentario pese a que estaba impedido de postular a ese cargo porque debía el pago de una reparación civil al Estado, según reveló el programa Panorama, de Panamericana Televisión. Especialistas consideran que aún puede ser denunciado, investigado y procesado por este caso.
El titular del Legislativo fue condenado por el Poder Judicial por difamación hace diez años y en su sentencia le ordenaron pagar una reparación civil de 10.000 soles al Estado. Sin embargo, no cumplió con esta obligación hasta después de haber sido elegido congresista en el 2021, pese a que las leyes prohíben a este tipo de deudores postular al Poder Legislativo.
Soto fue sentenciado por difamación porque en el 2011 responsabilizó, en su programa televisivo al policía Nilo Chávez, entonces comisario del Cusco, por la muerte de un barrista en un confuso incidente en esa ciudad. El efectivo policial lo denunció por considerar que melló su honra sin ningún sustento.
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Condena. Corte del Cusco sentenció a pagar reparación. Foto: Andina
En el 2013, la Segunda Sala Penal de Apelaciones del Cusco ordenó a Soto que pague reparación civil de 10.000 soles y en 2016 el Quinto Juzgado Civil cusqueño dejó sin efecto una medida cautelar que había dilatado el mandato sobre este desembolso.
Pese a esto, en el 2020 Soto se inscribió como candidato a congresista con el partido político Alianza para el Progreso (APP) ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y en declaración jurada aseguró que no tenía deuda por reparación civil al Estado. Es decir, el actual presidente del Poder Legislativo mintió y candidateó estando prohibido de hacerlo por la ley.
Soto resultó electo en abril del 2021. El 26 de mayo de ese mismo año, un juzgado de Cusco lo conminó a pagar la reparación civil del 2016 y lo comunicó al Jurado Electoral Especial (JEE) de esa región, primera instancia de nuestro sistema electoral.
Recién en junio del 2021, ya electo para ser parlamentario, Soto pagó su reparación civil. El Jurado Electoral Especial de Cusco, tras conocer el hecho y lo que le informó el Poder Judicial, emitió un oficio en que adujo que ya no era necesario un pronunciamiento oficial.
Denunciante. Nilo Chávez lo acusó de difamación. Foto: difusión
Sin embargo, el abogado especialista en derecho electoral José Villalobos dice que el JEE “tenía la obligación de solicitar al procurador del JNE que se denuncie a esa persona ante la Fiscalía porque el delito ya estaba cometido, la falsedad, el haber ocultado esa información”.
La abogada penalista Cecilia Madrid, integrante del Instituto de Ciencia Procesal Penal (INCIPP) y docente de la Universidad Científica del Sur (UCSUR), considera que el actual presidente del Congreso habría cometido el delito de falsa declaración en proceso administrativo, que tiene pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años, y que aún puede ser denunciado, investigado y procesado judicialmente por este caso.
“El hecho que haya pagado no afecta la configuración del delito, pues este se configura con la realización de la falsa declaración así que puede ser denunciado, investigado y procesado, tanto más si es un delito común y no uno en ejercicio de sus funciones. La Fiscalía puede actuar de oficio, como ante cualquier delito. La Procuraduría de la JNE también puede y debería denunciar”, asevera.
El Congreso comunicó que Soto no debe reparación civil, pero no detalló cuándo pagó.
Con firma y huella, Soto declaró al JNE que no tenía deuda por reparación civil el Estado, cuando sí la tenía y lo sabía.
Declaración jurada de no tener deuda de reparación civil. Foto: La República