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Política

Congreso aprueba en segunda votación incorporar los delitos de lesa humanidad en el Código Penal

La Comisión Permanente ratificó la norma impulsada por Fernando Rospigliosi. Organismos de derechos humanos ya advirtieron que la ley añade requisitos ausentes en el Estatuto de Roma y que podría facilitar el archivo de casos antiguos.

Congreso
Iniciativa fue impulsada por el congresista Fernando Rospigliosi. Foto: difusión

La Comisión Permanente del Congreso aprobó este jueves, en segunda votación, el proyecto de ley que incorpora el delito de lesa humanidad en el Código Penal. La votación registró 14 votos a favor y 9 en contra. Con este resultado, la iniciativa impulsada por el congresista Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) queda lista para convertirse en ley, tras un mes de debate en distintas instancias del Parlamento.

Tras la ratificación, se presentó una reconsideración contra la segunda votación del dictamen. La moción buscaba revertir la aprobación ya consumada. El pedido no prosperó: obtuvo 11 votos a favor, 11 en contra y ninguna abstención. Para aprobarse, necesitaba 15 votos a favor. Al no alcanzar ese número, el resultado de la segunda votación quedó firme y la ley siguió su curso.

Su primera votación se dio el 23 de junio en el Pleno del Congreso. En esa oportunidad obtuvo 63 votos a favor, 31 en contra y 15 abstenciones. Los congresistas Ruth Luque, Edgar Reymundo, Sigrid Bazán y Flor Pablo cuestionaron entonces el texto. Señalaron que su verdadero propósito no es ordenar la norma penal, sino levantar trabas para archivar investigaciones abiertas.

La ley crea el capítulo VI dentro del Título XIV-A del Código Penal, dedicado a los delitos contra la humanidad. Incorpora también el artículo 324-A, que define el delito. Según ese texto, cometerá lesa humanidad quien, como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, y con conocimiento de dicho ataque, incurra en homicidio calificado, trata de personas, secuestro, violación sexual, desaparición forzada o tortura. La pena va de 30 años de cárcel a cadena perpetua.

La norma se aplicará de forma inmediata. Alcanzará a los casos en trámite donde ya se haya invocado la figura de lesa humanidad. También llegará a los procesos con condena que aún estén en revisión, nulidad o algún otro recurso pendiente. Si un hecho no cumple los requisitos que exige la ley, será juzgado como delito común, con las penas ordinarias del Código Penal. Ahora queda en manos del Ejecutivo promulgar u observar la ley.

Congresistas y organizaciones de derechos humanos rechazan la ley

La aprobación generó un rechazo inmediato entre congresistas y organizaciones de derechos humanos. A través de sus redes sociales, varias voces cuestionaron el contenido de la norma y pidieron al Poder Ejecutivo que la observe antes de su promulgación.

La congresista Ruth Luque sostuvo que el dictamen "desconfigura por completo" el delito de lesa humanidad. Acusó al fujimorismo y a sus aliados en el Congreso de ratificar su desprecio por las víctimas y los derechos humanos. Pidió a la Presidencia de la República, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y a la Presidencia del Consejo de Ministros que observen la ley.

El abogado Carlos Rivera Paz, del Instituto de Defensa Legal, calificó la aprobación como un caso de impunidad. Advirtió que la norma "solo servirá a los perpetradores" de los crímenes que busca regular. La consideró inconstitucional y pidió al Poder Judicial que ejerza control sobre ella.

La congresista Flor Pablo Medina calificó la ley de "nefasta" y advirtió que, pese a su apariencia de avance, solo beneficia a violadores de derechos humanos. Según su cálculo, la norma permitiría revisar 150 condenas y más de 600 procesos en curso, entre ellos los casos Barrios Altos, La Cantuta y las esterilizaciones forzadas. Confió en que los jueces peruanos mantengan una línea de defensa constitucional frente a esta y otras normas que, a su juicio, desamparan a las víctimas.

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) señaló que la ley representa un grave retroceso para el acceso a la justicia de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. Explicó que, al restringir su aplicación en casos de desaparición forzada, tortura y secuestro, la norma vulnera obligaciones internacionales del Estado peruano y favorece la impunidad frente a crímenes que son imprescriptibles por naturaleza. La organización instó al presidente José Balcázar a observar la ley y a rechazar cualquier disposición que favorezca la impunidad.

Más de 100 acusados ya buscaron beneficiarse con leyes similares, según OjoPúblico

Una investigación de OjoPúblico reveló que las leyes de prescripción y amnistía aprobadas antes por el Congreso ya generaron un efecto concreto. Hasta setiembre de 2025, 104 personas acusadas por violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado interno solicitaron acogerse a esos beneficios. El 71% pidió la prescripción de sus procesos y el 29% buscó la amnistía. Con ambos pedidos intentaron enviar al archivo 47 investigaciones fiscales por homicidio calificado, desapariciones forzadas, torturas y abuso de autoridad. Más de la mitad de esas solicitudes fueron rechazadas por el Ministerio Público y el Poder Judicial.

El caso del Grupo Colina ilustra el patrón. En noviembre de 2024, la jueza Miluska Cano López inaplicó la Ley 32107, que prescribe los delitos de lesa humanidad, y condenó al exjefe de la Dinte, Juan Rivero Lazo, junto a los exintegrantes de ese destacamento Santiago Martín Rivas y Carlos Pichilingue, por los crímenes de Pativilca y La Cantuta. Semanas después, el Tribunal Constitucional ordenó la liberación de Rivero Lazo por exceso de carcelería. En agosto de 2025, la entonces presidenta Dina Boluarte lo recibió en Palacio de Gobierno, en la misma ceremonia donde promulgó la Ley 32419, que otorga amnistía a militares, policías y rondas campesinas acusados por el conflicto armado.

Ese margen de maniobra para los procesados podría ampliarse. El 5 de diciembre de 2025, el Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad que el Ministerio Público y el Colegio de Abogados de Lima presentaron contra la ley de prescripción. Solo tres de los siete magistrados votaron a favor de declararla inconstitucional, cuando se necesitaban cinco. Tania Pariona, secretaria general de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, sostuvo que con ese fallo el TC ha legalizado la impunidad. La Corte IDH, por su parte, señaló en una resolución del 25 de octubre que el Estado peruano incurrió en un nuevo desacato al aprobar la ley de prescripción, y recordó que los jueces están facultados para inaplicar normas contrarias a la Convención Americana de Derechos Humanos.

La presión no se limita a los casos ya resueltos. Solo entre agosto y setiembre de 2025, treinta acusados presentaron 21 pedidos de amnistía, entre ellos procesados por la masacre de Cayara, en Ayacucho. Gloria Cano, directora de Aprodeh, advirtió que el Estado peruano está en abierto incumplimiento frente a las medidas provisionales que la Corte IDH ordenó en los casos Barrios Altos y La Cantuta. Según OjoPúblico, en el Congreso avanza además una iniciativa del parlamentario José Balcázar para que los jueces consulten al TC antes de inaplicar una ley que consideren inconstitucional, lo que para la CNDDHH busca limitar esa facultad de control difuso.

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