
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso presentado por el expresidente Pedro Castillo, con el que buscaba su libertad luego del intento de golpe de Estado el pasado 7 de diciembre del 2022. Castillo Terrones — quien se encuentra recluido en el penal de Barbadillo — intentaba anular la detención preliminar en su contra cuando se dirigía a la embajada de México para pedir asilo político junto con su familia, por lo que denunció "la vulneración del derecho a la libertad personal".
El pedido fue declarado infundado debido a que los miembros del TC sostuvieron que, pese a que la fiscal de la Nación en su momento haya iniciado una investigación preliminar en contra de Pedro Castillo, así como el haber realizado el requerimiento de detención preliminar y prisión preventiva al Poder Judicial, dichos sucesos "no determinan restricción o limitación o amenaza alguna al derecho a la libertad personal del favorecido".
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La decisión fue tomada en una sesión de Pleno Jurisdiccional por los magistrados Pacheco Zerga, Domínguez Haro, Morales Saravia, Monteagudo Valdez, Ochoa Cardich y Hernández Chávez. Sin embargo, Walter Gutiérrez Ticse emitió voto singular.
En esa misma línea, los integrantes del Tribunal Constitucional resaltaron que la restricción de la libertad de Castillo Terrones se produjo producto de resoluciones judiciales, mas no de una detención policial como la que sostiene el expresidente.
"Por tal razón, en este extremo del caso de autos no existe necesidad de emitir un pronunciamiento de fondo, al haberse producido la sustracción de la materia por haber cesado los hechos que en su momento sustentaron la interposición de la demanda", concluyó el Tribunal Constitucional.
Resolución del Tribunal Constitucional
En noviembre pasado, el Juez Juan Carlos Checkley ordenó el inicio del juicio contra el exjefe de Estado, exministros y mandos policiales, en los que se incluye a Betssy Chávez, Willy Arturo Huerta, Robert Sánchez Palomino, Aníbal Torres a los que se les imputa los supuestos delitos de rebelión y conspiración. La medida también alcanza a Manuel Elías Lozada, Justo Jesús Venero y Eder Antonio Infanzón
En consecuencia, la Fiscalía ha pedido 34 años de pena privativa de la libertad contra el expresidente Pedro Castillo.
Según el documento al que tuvo acceso La República, el magistrado Walter Gutiérrez Ticse mencionó que el expresidente Pedro Castillo debió ser liberado porque "lo que correspondía era que el exmandatario fuera trasladado al Congreso de la República a fin de que se le levantara el fuero respectivo".
"En cuanto al procedimiento de acusación constitucional, que posteriormente ha producido la continuación del proceso penal en contra del expresidente, y la emisión la medida de prisión preventiva, cabe resaltar que, en mi voto singular antes citado advertí la irregularidad de haber integrado el proceso de vacancia con el de acusación, sin haberle dado el derecho a defenderse o ser representado debidamente por abogado de su elección", argumentó Ticse.
En esa misma línea, el magistrado dijo que "se ha acreditado vulneración al derecho a la libertad personal y a las prerrogativas de fuero del expresidente", debido a que "los procedimientos de detención, vacancia y posteriormente de acusación constitucional se llevaron de forma incorrecta".
Es preciso mencionar, que Castillo Terrones fue detenido junto con Anibal Torres luego de brindar un mensaje a la Nación — en el que anunciaba la disolución del Parlamento — cuando se dirigía a la embajada de México para solicitar asilo político. En consecuencia, fue puesto a disposición del Ministerio Público y fue vacado por el Legislativo con 101 votos a favor.

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