El fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, declaró ante la prensa sobre la ley que otorga las facultades investigativas preliminares a la Policía Nacional del Perú en lugar del Ministerio Público, y dijo que la Constitución reconoce al fiscal como el encargado de dirigir las investigaciones, expresando así su rechazo por la norma.
"Estamos estudiando, ustedes saben que hay una demanda de inconstitucionalidad por unos decretos facultativos (...) La Constitución dice que es el Ministerio Público, el fiscal es el que dirige y conduce la investigación desde un inicio, seguramente (el TC) expedirán una decisión. saben ustedes que el Ejecutivo ya contestó esa demanda y está pendiente de hacerse esa audiencia", señaló Villena.
Cabe recordar que el pasado 10 de octubre, el gobierno de Dina Boluarte decidió promulgar la ley 32130, a pesar de que la Fiscalía dijo que esa medida vulnera sus funciones. La legisladora Patricia Juárez fue la que anunció en medio del primer paro de transportistas el 26 de septiembre, que la norma ya se encontraba en poder del Ejecutivo y dijo que la presidenta debía promulgarla de inmediato.
El 11 de septiembre, fiscales supremos, presidentes de Juntas de Fiscales Superiores, Fiscales Provinciales, y coordinadores de Fiscalías Especializadas y Equipos Especiales del Ministerio Público, en nombre de todos sus miembros a nivel nacional, advirtieron que la contrarreforma destinada a modificar y limitar las funciones de los fiscales afecta el derecho a un juicio justo y el respeto de los derechos fundamentales de quienes acceden al sistema judicial.
Además, señalaron que esta reforma es inconstitucional, ya que busca transferir a la Policía Nacional las investigaciones relacionadas con casos de corrupción de altos funcionarios y figuras de poder, comprometiendo la imparcialidad. Por este motivo, solicitaron a la presidenta Boluarte que se opusiera a dicha reforma, lo cual no sucedió, ya que fue promulgada.
Pronunciamiento del Ministerio Público. Foto: captura X
La modificación del artículo IV del Código Procesal Penal destaca que la PNP tiene a su cargo la investigación preliminar del delito y realizará las diligencias que, por su naturaleza corresponden a dicha competencia. La norma precisa que la investigación que practica la PNP será con la conducción jurídica del Ministerio Público, aunque inicialmente lo tendrá a cargo la Policía.
Asimismo, destaca que el Ministerio Público está obligado a actuar con objetividad indagando por intermedio de la PNP los hechos constitutivos del delito que determinen o acrediten la inocencia del imputado.
"Implica la orientación legal de las acciones que realiza la Policía dentro de los parámetros de la ley para la obtención de los elementos de prueba", dice la norma.
Policía Nacional del Perú. Foto: PNP