El Poder Judicial (PJ) se pronunciará en los próximos días sobre la solicitud presentada por la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada para levantar el secreto bancario y de las comunicaciones del exmandatario Pedro Castillo. Aquello forma parte de las investigaciones relacionadas con irregularidades en el Ministerio de Vivienda, Petroperú y la concesión del Puente Tarata.
El pedido también abarca a los exministros de Transportes y Comunicaciones, Juan Francisco Silva, y de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Geiner Alvarado, quienes ya están siendo investigados por presuntos delitos de organización agravada, tráfico de influencias y colusión en perjuicio del Estado peruano.
Foto: X/ Poder Judicial
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La solicitud fue evaluada durante una audiencia a puertas cerradas llevada a cabo por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria. Juan Carlos Checkley, el juez a cargo, comunicó que tras esta diligencia se tomará la decisión pertinente en cumplimiento de los plazos legales. La resolución será notificada a los involucrados mediante sus casillas electrónicas.
Actualmente, Pedro Castillo cumple prisión preventiva en el penal de Barbadillo, en Ate, mientras es investigado por el presunto delito de rebelión. Esto se debe a que, el último 7 de diciembre, dispuso el cierre del Congreso y la reorganización de diversas entidades autónomas. Su reclusión inició en diciembre del 2022. La Fiscalía de la Nación investiga su proceder como presidente y los presuntos actos de corrupción cometidos durante su mandato en Palacio de Gobierno.
Pedro Castillo es investigado por pertenecer a una organización criminal. Foto: composición LR
En agosto de 2023, el Noveno Juzgado Constitucional de Lima rechazó un habeas corpus presentado por su hermana Irma Castillo a favor del expresidente de la República Castillo Terrones. El mencionado juzgado declaró su improcedencia al no encontrar una verdadera base legal: “No se advierte que dicha orden de prisión preventiva sea desmedida a los hechos imputados ni mucho menos que vulnere los derechos que invoca la parte accionante”.