Debido a confrontaciones entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, la incapacidad moral permanente ha sido promovida por el Congreso seis veces desde diciembre del 2017, lo que ha generado inestabilidad política en varias ocasiones y ha permitido que tengamos cinco presidentes en los últimos años.
La Comisión Internacional de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos ha mostrado su preocupación en un reciente comunicado señalado que “la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente carece de definición objetiva y la misma tampoco ha sido interpretada por el Tribunal Constitucional de Perú, lo cual puede afectar la separación e independencia de los poderes públicos”.
Es por ello que el Congreso ha utilizado esta figura “en un sentido ético amplio, sin ninguna previsión respecto de sus límites”, según un artículo del Instituto de Democracia y Derechos Humanos (Idehpucp) de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Es decir, cualquier conducta reprochable en términos éticos puede muy bien reconducirse en una incapacidad moral permanente.
Este mismo artículo de la PUCP menciona que César Valega García, docente de la Facultad de Derecho de esta casa de estudios, indica que el concepto de “incapacidad moral”, aparecido en la carta de 1939, se entendía en el siglo diecinueve como “incapacidad mental”.
Actualmente, este concepto ha cambiado y la incapacidad moral permanente es “admitida en un sentido restringido moral, vinculado con aquellas conductas reprochables éticamente de tal gravedad y flagrancia que hagan resultar manifiestamente imposible que el presidente de la República siga en el cargo”, resalta artículo.
Es un proceso legislativo que está señalado como una de las razones del artículo 113 de la Constitución, que alberga la figura de vacancia presidencial. En el artículo 89-A del reglamento del Congreso se establece que la vacancia debe seguir el siguiente procedimiento:
Es posible vacar a Castillo por incapacidad moral porque en principio este procedimiento es aplicable al régimen de gobierno peruano desde la Constitución de 1839, aunque aún no exista un consenso sobre su contenido.
Según artículo de la PUCP, la incapacidad moral ha sido usada de forma ética, por lo que “puede comprender todas las conductas (…) sin constituir supuestas responsabilidades jurídico-penales (antejuicio), ni infracciones a la constitución de carácter político (juicio político)”.
En el caso de Pedro Pablo Kuczynski, cuando se le quiso vacar, se usó la falta a la verdad como una de las razones de incapacidad moral. Con Castillo, los congresistas han presentado varias razones para señalar su incapacidad, como la designación de ministros cuestionados y el presunto tráfico de influencias en las Fuerzas Armadas.