
Pedro P. Grández Castro - Profesor Universitario - Sociedad Peruana de Constitucionalistas
La última Resolución del Congreso que declaró la “permanente incapacidad moral” de la señora Dina Boluarte para ejercer la presidencia (RL N° 001-2025-2026-CR), apenas resume los hechos del pasado 9 de octubre de 2025, fecha en que el Pleno del Congreso decidió el final de su gobierno. Quien, pasados los años, quisiera indagar en las razones que llevaron a tan drástica medida contra la primera Presidenta mujer de la historia peruana, tendrá que buscar en otras fuentes. La mediocridad, frivolidad y desconexión de su gobierno con los dramas nacionales no suministran razones jurídicas para sacarla del cargo. En la víspera, una balacera en un concierto de cumbia norteña es todo lo que se puede encontrar como “explicación” que resultó determinante al momento de la votación que llevó a su salida.
Este es el antecedente de lo que puede ocurrir el próximo martes, cuando el Congreso, interrumpiendo su “receso”, debata una moción de censura a la mesa directiva que, formalmente (aunque esto es parte del debate), aún estaría presidida por el Jefe del Ejecutivo actualmente en funciones. El presidente del Congreso ha declarado a la prensa que sería inconstitucional que el Congreso censure al señor Jerí, pues, según las consultas que habría realizado a varios especialistas, las faltas que se imputan al presidente se habrían cometido en su calidad de Jefe del Ejecutivo, mientras que la censura sólo opera respecto de actos o imputaciones en calidad de congresista. Invocando un comunicado de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional, ha sostenido que la única vía para sacarlo del cargo sería mediante la vacancia, aunque ha reconocido que si el martes se logran los votos para la censura, no habría otra opción que acatar la decisión de la mayoría.
De este modo, triunfa de nuevo la tesis según la cual la seguridad de la presidencia depende nada más que de votos: ya sea para vacarlo o, con una mayoría simple, también para censurarlo. Es una tesis perniciosa que, en el caso de la vacancia, lamentablemente ha sido confirmada por el Tribunal Constitucional (TC). Debe recordarse que, para el TC, la forma en que se objetiva la “incapacidad moral” es mediante la votación en el Parlamento, puesto que “[e]l Tribunal Constitucional no puede evaluar si los hechos imputados justificaban o no la vacancia”. De este modo, si en las próximas elecciones el pueblo votara por alguno de los candidatos que tiene serios cuestionamientos (aun cuando no sentencias penales), los grupos que se formen en el Congreso podrían fácilmente organizar, incluso a los pocos días de su juramentación, una moción de vacancia, y si lograran reunir los votos, vacarlo. Esto ratificaría que la forma de gobierno presidencial ha sido vaciada de contenido en los hechos.
En el caso del actual presidente en funciones (al margen que no hay que olvidar que su llegada a palacio de gobierno es el resultado de las componendas y complicidades de los grupos parlamentarios que, sabiendo de sus debilidades y serias acusaciones que pesaban en su contra, lo colocaron en el cargo más importante del Estado), lo cierto es que la precariedad en que ha quedado la presidencia merece preocupación en todo sentido. La crisis política ha socavado especialmente el sentido institucional de la presidencia. Los intereses particulares han sacado a la presidencia del marco constitucional. Hoy ya no tiene sentido, argumentar siquiera, si la censura o la vacancia son (cualquiera o ambas) constitucionales. Que lo diga alguna asociación de expertos en la materia, resulta igual de irrelevante. Lo más honesto es declarar, abiertamente, que la presidencia está expuesta a cualquier toma o sometimiento al margen de toda regla constitucional. Ahí donde no hay Constitución, los argumentos de inconstitucionalidad ya no tienen cabida.
En este mismo espacio, he escrito que la confusión expuesta en la Ley Nº 27375, que estableció que el presidente del Congreso que asumía las funciones del Jefe del Ejecutivo mantenía su cargo era un absurdo. También puse en evidencia que los promotores de aquel despropósito fueron los congresistas del fujimorismo que, por esta vía, querían, al parecer, disminuir el protagonismo y liderazgo del Presidente Paniagua que despertó gran entusiasmo popular tras destaparse la corrupción del régimen de los ‘90. Repito, ese debate, si es censura o vacancia, parte de una premisa que, en la actualidad, ya no es real: hoy asistimos a una confabulación de intereses sin ley ni Constitución. Así como una balacera acabó con la presidencia frívola de la señora Boluarte, una censura a la mesa directiva del Congreso puede terminar con las camisas remangadas y el pintado de nuevos carteles con los que el señor Jerí estaba jugando a la política.
Más allá de la discusión formal sobre si corresponde censura o vacancia, el problema de fondo es más grave. Si la estabilidad de la Presidencia de la República depende exclusivamente del temperamento y los votos de mayorías circunstanciales en el Congreso —sin estándares materiales de control ni límites jurídicos efectivos—, el diseño constitucional del presidencialismo peruano queda severamente comprometido y las propias elecciones, que dan sentido a la democracia representativa, no estarían garantizadas, pues cualquiera que gane y no controle la mayoría de los votos en el Congreso no tendrá asegurado el cargo por el periodo que establece la Constitución.





PERULANDIA: FULL DAY + Piscinas + S/. 35 o S/.40 de VALE DE CONSUMO + Perusaurus y más. Según elijas
PRECIO
S/ 59.90
Colección de 8 piezas especializadas marca OSTER
PRECIO
S/ 12.90
PARAISO DEL SUR: Entrada general full day para Niño o Adulto LUNES A DOMINGO
PRECIO
S/ 43.90
CINEPLANET: 2 entradas 2D + 2 bebidas grandes + Pop corn gigante. Lunes a Domingo
PRECIO
S/ 47.90