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Opinión

De lesa humanidad, por César Azabache

"La prescripción inconstitucional que la mayoría del Congreso quiere implantar protege a Alberto Fujimori".

larepublica.pe
AZABACHE

La mayoría en el Congreso ha declarado su intención de reimplantar la prescripción para los crímenes de lesa humanidad. No se trata, por cierto, de casos en los que se esté enjuiciando la política antiterrorista. Se trata de ejecuciones sumarias, desapariciones forzadas, torturas, violaciones sexuales, enterramientos e incineraciones clandestinas y esterilizaciones forzadas. Son crímenes tan atroces que cuesta entender quién pretenda que las cosas se detengan por el simple paso del tiempo.

En los casos comunes se suele decir que el tiempo crea un nivel de incertidumbre sobre el acusado tan intolerable que equivale casi a una condena. Pero en casos como los que aquí se describen, el transcurso del tiempo funciona de otra manera: protege a los verdaderos culpables, que pueden mantenerse en el más absoluto anonimato, escondidos tras los inocentes. Y multiplica exponencialmente el daño impuesto a las víctimas, personas que tienen rostros, historias de vida y una carga de dolor que no debemos seguir haciendo invisible.

El Estado, de hecho, arrastra una enorme responsabilidad en el aplazamiento de estas discusiones. Durante los años 80 y 90, las voces de los testigos de estas historias fueron silenciadas de manera sistemática. Construir casos en esos años fue simplemente imposible. Los casos que comenzaron a discutirse con este siglo solo pudieron empezar a prepararse después de la caída del régimen de los años 90, cuando buena parte de las evidencias ya habían sido eliminadas de los registros oficiales. Aquí no abundan delatores ni hay allanamientos posibles. Además, las investigaciones no comenzaron en condiciones institucionalmente estables. El informe de la CVR sobre estos casos no logró producir jamás el nivel de acuerdo mínimo que habría sido necesario crear sobre esta materia. Seguimos profundamente divididos sobre lo que representan estas historias. Las condiciones en que estos casos han sido preparados no son las que regían en los años 80 y 90, pero han estado pobladas de bloqueos y resistencias difíciles de remover.

En marzo de 2004, el Tribunal Constitucional dejó establecido que las fiscalías deben investigar desapariciones forzadas y enterramientos clandestinos, incluso aunque el tiempo transcurrido haya hecho imposible identificar a los responsables de cada asesinato perpetrado con ocasión de ellas. Este es el origen del derecho a la verdad, el derecho a saber qué ocurrió con quienes han desaparecido o han muerto en circunstancias no esclarecidas. Entre el año 2005 y 2023, las fiscalías han logrado exhumar 116 cadáveres enterrados clandestinamente. Hasta entonces, solo habían podido identificar a 15 personas, que fueron entregadas a sus familiares para ser sepultadas.

Naciones Unidas prohibió el uso de la prescripción para estos crímenes, los “de lesa humanidad”, en noviembre de 1968. La Corte Interamericana de DDHH homologó esta prohibición para las graves violaciones a los DDHH, una construcción casi idéntica, en marzo de 2001. Y, sin embargo, quienes han asumido la representación política de los antiguos agentes de las fuerzas de seguridad en nuestro medio han adoptado y sostienen la defensa de la prescripción como una bandera.

En junio de 2003, el Congreso pretendió aprobar la Convención de NNUU que prohíbe usar la prescripción en estos casos, sea cuando sea que se hayan perpetrado, y, sin embargo, recordar el alcance de la prohibición para mantener bajo clausura todos los casos perpetrados en los años 80 y 90. En marzo de 2011, el TC declaró inconstitucional este despropósito: el objeto de la Convención de NNUU de 1968 es precisamente prohibir el uso de la prescripción sin limitaciones; no es posible aprobarla y recordar su alcance. A pesar de esto, trece años después, la mayoría del Congreso insiste. A pesar de haberse discutido esto en el TC ya en marzo de 2011, la mayoría pretende, por una ley de interpretación, volver a junio de 2003.

¿Confía la mayoría en el Congreso en que el TC quebrantará la cosa juzgada constitucional para respaldarles? Ya lo hicieron en el caso Sunedu, cuando autorizaron su desactivación a pesar de una sentencia del TC dictada en junio de 2010. El riesgo entonces existe.

¿Qué ocurrirá si el Congreso logra reimplantar la prescripción para estos casos por una nueva ley y el TC respalda la iniciativa? A mediados del año pasado, en los tribunales solo quedaban 23 casos pendientes de los 53 que impulsó el informe de la CVR. Los tribunales que han recibido estos casos desde principios de este siglo, conforme a Anabella Larco, de IDL, han absuelto a 200 acusados y han condenado a 165. Nada más lejos del sistema ideologizado que produce condenas automáticas al que se han referido los promotores de la prescripción.

Aquí, entonces, se convertirá en invisibles a un importante número de antiguos oficiales y suboficiales que, acusados o bajo investigación, deberían haber terminado absueltos. En cambio, se beneficiará a un personaje absolutamente visible: Alberto Fujimori, cuyo indulto, repuesto por el Gobierno actual, no alcanza para cortar el juicio por la masacre de Pativilca ni para impedir que el caso por esterilizaciones forzadas vuelva a ser propuesto a los tribunales de justicia.

La prescripción que la mayoría en el Congreso pretende reimplantar protege a Alberto Fujimori en los dos casos por los que aún está expuesto ante la justicia. Pero no le protege de un tercer caso que las autoridades en Chile, cuya Corte Suprema administra su extradición, han propuesto ya enjuiciar: el caso por tráfico de armas a favor de las FARC, un caso documentado por terrorismo internacional al que no tiene cómo alcanzar esta nueva amnistía encubierta.

¿Cómo protegerá la mayoría en el Congreso a Alberto Fujimori de una acusación por cooperación con el terrorismo?

Probablemente, pronto tendremos respuesta.

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