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Opinión

Historia natural y cultural (III)

La investigadora en Ciencias de la Tierra Sólida, Luisa Macedo, manifiesta que el Estado no puede construir en zonas de riesgo y peligro no mitigable, como es el caso de la quebrada de Añashuayco, a lo que se suma la medida cautelar que declara fundada la demanda de los artesanos y suspende la ejecución del proyecto regional.

Historia natural y cultural (III)
Historia natural y cultural (III)

Por: Eduardo Ugarte- periodista

En las dos columnas anteriores mostraba la oposición al proyecto del Parque temático del sillar y circuito turístico del Gobierno Regional Arequipa en las canteras de Añashuayco, citando al arquitecto William Palomino, que dice que sería inútil el reconocimiento al oficio del cantero cortador de sillar como Patrimonio inmaterial de la Nación con un proyecto que mataría a quien “resguarda mil años el conocimiento que ha dado lugar a los más faustosos edificios, ahora memoria de la humanidad”. Además, incluía las opiniones del arquitecto paisajista Mauricio Huaco para quien es inviable el proyecto, pues se basa en un concepto turístico, no en un concepto educativo-cultural, y sus componentes no corresponden a la realidad cultural y natural de las canteras.

La investigadora en Ciencias de la Tierra Sólida, Luisa Macedo, manifiesta que el Estado no puede construir en zonas de riesgo y peligro no mitigable, como es el caso de la quebrada de Añashuayco, a lo que se suma la medida cautelar que declara fundada la demanda de los artesanos y suspende la ejecución del proyecto regional. Coincidiendo con la científica, el abogado Richard Zambrano señala que el proyecto -al que califica que “nació muerto”- no considera la existencia de riesgos altos no mitigables, (de naturaleza intangible e inalienable), con alta probabilidad de pérdida de vidas humanas y bienes materiales, pues en época de lluvias es afectada por lahares (huaycos volcánicos), “por lo que es necesario contar con un sólido Estudio de Peligros Geológicos”.

Asimismo, Zambrano, informa que esta quebrada es un bien de dominio público hidráulico, declarado intangible e inalienable, y es un paisaje cultural y constituye patrimonio cultural de la nación, protegido por la Constitución y la legislación internacional: “El proyecto es contraproducente al contener actividades incompatibles, no solo con el carácter cultural de la zona, sino también, con su carácter geomorfológico y paisajístico, parte visible de la historia geológica de esta parte del territorio”, aparte de otras objeciones que sustenta.

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