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Elecciones

JEE declara inadmisible la plancha presidencial de Ollanta Humala

La resolución publicada por la entidad electoral señaló que las observaciones al Partido Nacionalista Peruano deben ser subsanadas en un plazo de dos días calendario.

El Jurado Especial Electoral (JEE) de Lima Centro 1 declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la plancha presidencial del Partido Nacionalista Peruano, encabezada por el expresidente de la República Ollanta Humala.

La resolución señala que, pese a que Humala Tasso declaró que trabaja para una persona jurídica de derecho privado, no informó si percibe alguna remuneración por ser presidente de la agrupación política. Del mismo modo, indicaron que tampoco detalla si percibe pensión por ser un militar en retiro.

De este modo, enfatizan en que es una información relevante para que la población conozca a sus candidatos, por lo que instan al personero legal del partido absolver esto para que la inscripción sea admitida con mira a las elecciones generales del 2021.

Finalmente, el JEE otorgó dos días calendarios para que el Partido Nacionalista Peruano pueda subsanar las observaciones; de lo contrario, se declarará improcedente su solicitud de inscripción y no podrá participar en los comicios.

Además de Ollanta Humala, la fórmula presidencial de esta agrupación esta conformada por Ana María Salinas y Luis Otárola en la primera y segunda vicepresidencia, respectivamente.

Otras planchas presidenciales inadmisibles

La plancha del Frente Amplio, que encabeza Marco Arana fue declarada inadmisible por el JEE, debido a que el acta de la elección interna de la fórmula presidencial está firmada por el presidente y la secretaria del órgano electoral partidario, cuando se establece que debe ser suscrito por todos los integrantes.

De la misma manera, la fórmula de Alianza Para el Progreso que busca llegar a la presidencia de la República, y que lidera César Acuña, no ha sido admitida. En la resolución detallan que pese a que la solicitud de inscripción se presentó a tiempo, el acta de los comicios internos no tiene los números de DNI de los integrantes de la Dirección Electoral de la agrupación política.

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