
La Congresista Digna Calle, del grupo parlamentario Podemos Perú, ha presentado un proyecto de ley que reconoce el derecho del afiliado al Sistema Privado de Pensiones (SSP) sin hijos, cónyuge o padres a designar a los beneficiarios que recibirán el 100% de los fondos en caso de su muerte.
La iniciativa presentada el 9 de noviembre ya se encuentra en la Comisión de Economía del Congreso y tiene como objetivo incorporar el artículo 12-A en el texto único ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones.
La adición a la norma señala que el afiliado que reúna las condiciones contempladas en el artículo 727 del Código Civil tiene derecho a designar a la persona o personas que serán beneficiarias de recibir el 100% de los fondos previsionales acumulados hasta la fecha de la muerte.
Además, precisa que dicha designación podrá realizarse y cambiarse en el momento que el afiliado lo considere necesario. "La Administradora Privada de Fondo de Pensiones (AFP) de oficio procede a contactar y realizar la devolución a la persona o personas beneficiarias. En el caso de que el afiliado no designe a ningún beneficiario, la Administradora Privada de Fondo de Pensiones (AFP), de oficio, inicia el trámite previsto en el artículo 830 del Código Civil para adjudicar el 100% de los fondos previsionales acumulados", menciona.
Además, remarca que los fondos previsionales adquieren la condición de intangibilidad y no procede el cobro de comisión alguna. Asimismo, indica que el procedimiento operativo para la devolución de los fondos previsionales es el aprobado por la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP (SBS).
El proyecto de ley destaca que con esta iniciativa se propone resolver la problemática que gira en torno a la retención y apropiación de los fondos previsionales de los afiliados que fallecen sin herederos.





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