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Economía

Fonavi: Gobierno tiene hasta el 1 de agosto para promulgar la ley de devolución parcial de aportes

La presidenta Dina Boluarte tiene hasta el martes 1 de agosto para observar el documento o publicarlo de forma oficial. Además, te contamos los últimos acuerdos de la Comisión ad hoc.

larepublica.pe
Hay S/2.000 millones en las cuenta de la Comisión ad hoc para ser devueltos. Foto: composición LR

En junio del 2023, el Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen del proyecto de ley que modifica la Ley 29625 para permitir la devolución parcial de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), con cargo a una posterior cancelación, y reconocer el derecho de devolución de dinero a los herederos de los trabajadores en caso de fallecimiento.

La autógrafa fue enviada al Ejecutivo el 7 de julio para su promulgación u observación. La presidenta Dina Boluarte tiene hasta el martes 1 de agosto para observar el documento o publicarlo de forma oficial. Si ninguna de las dos opciones es llevada a cabo, el Congreso tendrá la potestad de promulgar la ley.

¿Por qué es importante que se promulgue esta ley? La Comisión ad hoc, cuyos miembros son mayoritariamente representantes del Ejecutivo, señalaban que no se podía iniciar con la devolución porque primero se debía definir el monto que se le adeuda a cada fonavista, lo cual es una tarea casi imposible de realizar, puesto que menos del 10% de personas tienen sus aportes identificados. Identificar a todos los aportantes tomará años. Por ese motivo, lo más justo era comenzar con pagos a cuenta, pero, en vista de que la ley no lo especificaba, el Congreso se ha encargado de hacer la precisión.

¿Cuándo se dará inicio a la devolución de aportes?

El próximo lunes 31 de julio, la Comisión ad hoc sesionará para aprobar el reglamento que consigna los pasos para la devolución y la Secretaría Técnica deberá proponer las fechas para iniciar con los pagos, según Jorge Milla, dirigente de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf-Perú).

"Hemos llegado a un consenso (en la Comisión ad hoc) porque hemos pedido que este reglamento se apruebe y se pueda anunciar a los fonavistas cuándo se va a iniciar el proceso de devolución. Le hemos dado plazo hasta el lunes para que la Secretaría Técnica acondicione y acomode su aparato técnico y pueda decirnos en qué momento está en condiciones de dar inicio al proceso de pagos", señaló Milla.

Montos para devolver están por definirse

Aún no hay montos exactos. Una propuesta de la Secretaría Técnica es que se calcule un promedio para cada fonavista. Sin embargo, la Fenaf-Perú estará de acuerdo siempre y cuando este no sea cancelatorio. Es decir, si el trabajador recibe S/6.000 y demuestra que aportó S/15.000, entonces se le deberá devolver los S/9.000 restantes posteriormente.

Otro tema pendiente es la actualización de los montos aportados. De los años 90 en adelante, se puede aplicar el interés legal como lo manifiesta la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), señala Milla, pero en el caso de los aportes de los años 80, en los que se pagaba en sol de oro o intis, no es viable porque el resultado de la actualización arrojaría cero soles.

"Hemos quedado en elaborar una propuesta legal para ese periodo de aportes en sol de oro e intis, de tal manera que se genera un criterio que permita recuperar el poder adquisitivo que tuvo esa aportación (...). Porque el cálculo establecido por el TC definitivamente roba a quienes aportaron en esas monedas. En las aportaciones que se hicieron en nuevo sol, la moneda actual, ahí no tenemos problema", finalizó el dirigente.