
A puertas del pago de la gratificación, que debe ser depositado, como máximo, el 15 de julio, muchos ciudadanos barajan distintas posibilidades de inversión. En ese sentido, el 60% de los estudiantes que laboran dentro de alguna empresa privada y reciben el beneficio económico destinará el monto para financiar viajes, aprovechando el fin de semana largo por Fiestas Patrias, de acuerdo con el estudio realizado por la Universidad a distancia de Perú (UNITEC).
Asimismo, un 28% usará este dinero adicional para financiar un auto, mientras que un 17% pagará deudas bancarias y un 15% ahorrará. Cabe señalar que el estudio arrojó también que el top 5 de carreras y postgrados que cuenta con más estudiantes que laboran son Contabilidad, Finanzas, Administración Financiera, Economía y Finanzas, Maestría en Impuestos y en Finanzas.
La gratificación es otorgada a los empleados subordinados del sector privado, ya sean contratados indefinidos, a plazo fijo o a tiempo parcial. Es importante destacar que no se requiere que los trabajadores hayan realizado la jornada mínima de cuatro horas diarias para poder percibirlo.
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En el caso de las pequeñas empresas, los empleados contratados después de la inscripción de la compañía en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype) recibirán medio sueldo de gratificación, de acuerdo con la Ley MYPE-TUO DS 013-2013-PRODUCE.
Aquellos trabajadores de microempresas que fueron contratados antes de la inscripción en el Remype también tienen derecho a recibir medio sueldo.
Si los empleadores incumplen el pago hasta la quincena de julio, pueden ser sancionados con multas desde los S/544,5 hasta S/129.294, según el régimen laboral y tamaño de la empresa. Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), son tres escalas de multas laborales, aprobadas mediante el Decreto Supremo 008-2020-T: microempresa, la pequeña empresa y la mediana y gran empresa (no mype).
Es importante resaltar que, aparte del tamaño de la empresa, se considera también la cantidad de trabajadores afectados, al tomar como base la UIT de S/4.950 para el año 2023.
La CCL resalta que las multas para microempresas y pequeñas empresas, inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.





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