A puertas del pago de la gratificación, que debe ser depositado, como máximo, el 15 de julio, muchos ciudadanos barajan distintas posibilidades de inversión. En ese sentido, el 60% de los estudiantes que laboran dentro de alguna empresa privada y reciben el beneficio económico destinará el monto para financiar viajes, aprovechando el fin de semana largo por Fiestas Patrias, de acuerdo con el estudio realizado por la Universidad a distancia de Perú (UNITEC).
Asimismo, un 28% usará este dinero adicional para financiar un auto, mientras que un 17% pagará deudas bancarias y un 15% ahorrará. Cabe señalar que el estudio arrojó también que el top 5 de carreras y postgrados que cuenta con más estudiantes que laboran son Contabilidad, Finanzas, Administración Financiera, Economía y Finanzas, Maestría en Impuestos y en Finanzas.
La gratificación es otorgada a los empleados subordinados del sector privado, ya sean contratados indefinidos, a plazo fijo o a tiempo parcial. Es importante destacar que no se requiere que los trabajadores hayan realizado la jornada mínima de cuatro horas diarias para poder percibirlo.
En el caso de las pequeñas empresas, los empleados contratados después de la inscripción de la compañía en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype) recibirán medio sueldo de gratificación, de acuerdo con la Ley MYPE-TUO DS 013-2013-PRODUCE.
Aquellos trabajadores de microempresas que fueron contratados antes de la inscripción en el Remype también tienen derecho a recibir medio sueldo.
Si los empleadores incumplen el pago hasta la quincena de julio, pueden ser sancionados con multas desde los S/544,5 hasta S/129.294, según el régimen laboral y tamaño de la empresa. Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), son tres escalas de multas laborales, aprobadas mediante el Decreto Supremo 008-2020-T: microempresa, la pequeña empresa y la mediana y gran empresa (no mype).
Es importante resaltar que, aparte del tamaño de la empresa, se considera también la cantidad de trabajadores afectados, al tomar como base la UIT de S/4.950 para el año 2023.
La CCL resalta que las multas para microempresas y pequeñas empresas, inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.