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Economía

MTPE crea mesas de trabajo con gremios sindicales para abordar temas sociolaborales

Los equipos tendrán vigencia de un año y serán presididos por un representante del Viceministerio de Trabajo.

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Los grupos se instalarán en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la publicación de la norma. Foto: Andina

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), dispuso este viernes la creación de dos mesas de coordinación temporales con igual número de organizaciones sindicales.

Así, mediante la Resolución Ministerial N.° 150-2023-TR, publicada en El Peruano, se creo la “Mesa de Trabajo entre la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”.

Además, la Resolución Ministerial N.º 151-2023-TR estableció la implementación de la “Mesa de Trabajo entre la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”.

Para ambos casos, los equipos tienen como finalidad abordar y articular los planteamientos de gremiales referidos a temas sociolaborales de interés general y alcance nacional.

Los grupos estarán conformados por los siguientes integrantes:

  • Un representante del Despacho Viceministerial de Trabajo, quien lo preside.
  • Un representante del Despacho Ministerial.
  • Un representante de la Dirección General de Trabajo.
  • Un representante de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Un representante de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo.
  • Un representante de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
  • Seis representantes de la central sindical (CTP o CATP).

En tanto, sus funciones son:

  • Elaborar un plan de actividades para el cumplimiento del objeto del grupo de trabajo.
  • Solicitar a las unidades orgánicas competentes la elaboración de informes técnicos que guarden vinculación con los temas abordados en la mesa de trabajo.
  • Otras que considere necesarias para el cumplimiento de su objeto.

Los equipos de trabajo se instalarán en un plazo que no excederá de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la resolución ministerial respectiva. Su vigencia es de un año.

Comunicador por la Universidad Nacional Federico Villarreal. Escritor de microficción y poesía. Lector compulsivo y amante de la literatura. Aquí escribo sobre economía.