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Economía

¿Se pueden reducir las vacaciones de un trabajador por haber faltado a su centro de labores?

Marco legal protege a los trabajadores, quienes incluso pueden ‘vender’ sus vacaciones y recibir una remuneración extra. Conoce más detalles en esta nota.

¿Se pueden reducir las vacaciones de un trabajador por haber faltado al trabajo?
¿Se pueden reducir las vacaciones de un trabajador por haber faltado al trabajo?

Según el Decreto Legislativo 713, los trabajadores formales que cumplan con una jornada mínima de cuatro horas diarias y tengan un año de servicios con el mismo empleador tienen derecho a disfrutar de 30 días de vacaciones remuneradas cada 365 días.

En esa línea, muchos empleados se preguntan sobre las características que tienen estos periodos vacacionales y cuándo pueden ser reducidos. A continuación te damos más detalles.

¿Se pueden reducir las vacaciones de un trabajador por haber faltado a su trabajo?

“Las vacaciones son un derecho que solamente podrían acortarse por decisión del trabajador y recibiendo una compensación por ello”, reafirmó Ricardo Herrera, abogado laboralista, a La República. “No se pueden reducir como una sanción por haber faltado (el trabajador) a su centro de labores”, aseveró.

De esta forma, no está permitido que las empresas descuenten a sus empleados días de descanso vacacional por no haber asistido a su lugar de trabajo.

“Lo que tiene que hacer el empleador, si la ausencia es injustificada, es descontar del sueldo los días no laborados y, si eventualmente son cuatro o más ausencias injustificadas consecutivas, puede, incluso, despedir al trabajador por abandono de trabajo”, explicó.

¿Puedo reducir mis días de vacaciones?

Las normas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) indican que las vacaciones sí pueden reducirse de 30 a 15 días máximo, pero siempre que se reciba una remuneración por los días que se vendan al centro laboral. (Artículo 19º del Decreto Legislativo 7130).

Por ejemplo, si un empleado vende la mitad de su periodo de vacaciones y se queda solo con 15 días de los 30 del descanso, recibiría una remuneración por el mes laborado y por el tiempo que vendió. En total tendría 45 días de remuneración.

Cabe señalar que, si bien los periodos vacaciones pueden fraccionarse, los empleadores no pueden otorgar menos de siete días de descanso.

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