El Gobierno peruano aprobó la emisión interna de bonos, en una o más colocaciones, por la suma de S/ 742 457 000, con cargo a la autorización para la emisión de bonos hasta por S/ 1 147 300.
Mediante Decreto Supremo n.º 179-2021-EF, se establece el endeudamiento para la lucha contra la COVID-19 y para compensar los gastos previstos en el Presupuesto del Sector Público que fueron afectados por la caída de la recaudación.
“Para los fines de la emisión interna de bonos aprobada por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se aplica lo dispuesto por el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado y el Reglamento de Bonos Soberanos”, refiere el documento.
Los bonos son valores de contenido crediticio, nominativos, representados mediante anotación en cuenta y libremente negociables, y se listan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL).
El servicio de amortización, intereses y demás gastos que ocasione la emisión de los bonos son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.
El decreto lleva la firma del presidente Francisco Sagasti y el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza.
Suscríbete aquí al boletín de Economía de La República y recibe todas las semanas las notas de nuestro suplemento dominical en tu correo electrónico.