
El Gobierno peruano aprobó la emisión interna de bonos, en una o más colocaciones, por la suma de S/ 742 457 000, con cargo a la autorización para la emisión de bonos hasta por S/ 1 147 300.
Mediante Decreto Supremo n.º 179-2021-EF, se establece el endeudamiento para la lucha contra la COVID-19 y para compensar los gastos previstos en el Presupuesto del Sector Público que fueron afectados por la caída de la recaudación.
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“Para los fines de la emisión interna de bonos aprobada por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se aplica lo dispuesto por el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado y el Reglamento de Bonos Soberanos”, refiere el documento.
Los bonos son valores de contenido crediticio, nominativos, representados mediante anotación en cuenta y libremente negociables, y se listan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL).
El servicio de amortización, intereses y demás gastos que ocasione la emisión de los bonos son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.
El decreto lleva la firma del presidente Francisco Sagasti y el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza.
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