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Economía

Ley de Trabajadoras del hogar: ¿Qué derechos han sido reivindicados?

Desde hace más de tres décadas, las trabajadoras del hogar han exigido que sus derechos no estén recortados a la mitad. Ayer, 5 de setiembre en Pleno Mujer, lograron sus derechos plenos.

Trabajadoras del hogar
Trabajadoras del hogar

Luego de más de tres décadas de lucha, más de medio millón de trabajadoras del hogar pudieron reivindicar sus derechos a través de la aprobación de su Ley aprobada este 5 de setiembre en el Pleno Mujer, en el Congreso.

Es necesario conocer que durante la pandemia, más de 60 empleadas domésticas fueron contagiadas con el COVID-19.

Se conoció también, a través de sus denuncias, que las agencias de empleo las ofrecían con la condición de que no saldrían “durante la pandemia” o “hasta que aparezca la vacuna” generando mayor explotación.

En tal sentido, es necesario saber cuáles son sus derechos plenos y completos:

- Las trabajadoras del hogar poseerán un contrato por escrito, en el que se detallará el horario de trabajo, el día de descanso semanal, y los beneficios otorgados por seguridad social.

- La edad mínima para realizar la labor será de 18 años.

- El salario no será menor a la RMV (930 soles). Habrá una jornada de ocho horas o 48 horas semanales.

- Las horas extra serán voluntarias y serán remunerativas.

- La empleadora o empleador deben entregar los implementos de bioseguridad contra la COVID-19, así como la alimentación, y alojamiento adecuado. Estas condiciones no forman parte del salario.

- El pago de dicho sueldo se dará de forma semanal, quincenal o mensual mediante una boleta, que será firmada y entregada a las dos partes.

- Tendrán derecho a gratificación por julio y diciembre, además de compensación por tiempo de servicios.

-Tendrán vacaciones por 30 días luego de un año de servicio.

-Se declarará como feriado no laborable remunerado el 30 de marzo de cada año, Día de las Trabajadoras del Hogar.

- Tendrán libertad sindical, negociación colectiva y derecho a la huelga.

- Estarán afiliadas a Essalud y podrán optar un sistema previsional público o privado.

- La Sunafil tendrá podrá ingresar al domicilio del empleador, siempre que cuente con su consentimiento o posea una autorización judicial.

-Se prohíbe todo acto discriminatorio y hostigamiento sexual, que atente contra su honor, cultura y dignidad.

- Se creará una mesa de trabajo para elaborar informes, diagnósticos, y medidas que aborden la situación de las trabajadoras.

- Si ocurre un despido nulo, se le debe reparar con un monto equivalente a 1 remuneracion por cada año de servicios con un máximo de 12 remuneraciones.

- Las agencias de empleo están prohibidas de cobrar a las trabajadoras, así como su intermediación o tercerización de servicios.

- La madre trabajadora del hogar tendrá derecho a descanso pre y post natal. Es nulo el despido por motivo de maternidad.

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